Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
. De losEscrivanós de Camara de los Consejos. grande' ·aviso ;' i .pongan en sus escritorios LE I XII. memorial de las personas del Consejo, a [Jue no se le'as1ñ licencia peticion una vez/el.. quien particularmente se encomiendan los ne- ~ dtJ, ni por ~tro Escrivano,i lq'que fuere de-... gocios, para que ·Jas partes lo sepan, i pue-. Mgada no se torne a dar a otro Escrivano· dan informarles.de su justicia lo que les con- . ni las enco,,,iemias provddas , o denegada: venga ; i en las encomiendas assienten el día, no .se lleven a otro del Consejo a encomen- (c) mes, i año, en que .se presenta la peú- dar; i snplicandose de Jo pr0'1Je14<; por aJ... cion , i se proveyo que se viesse. guno del Consejo, para:se tornar a en&o. , LEI x. mendar,sefaga ifJ enesta !ei contenido, !Jae en los processos pongan las escrituras, i peticiones, i sentencias , i poderes , i los traslados dellos sacados en }órma, i no as~ sienten notificaciones por relacion de Pr<r curadlJres. Los mi,moullf.cap. 15. 5&. i JI, · M Andamos que en los processos , que passaren ante los dichos Escrivanos,. pongan luego las peticiones, i escrituras, que se presentaren, i de las escrituras originales,. i sentencias , i poderes los traslados, confor– me (a) a la leí , sopena de quatro ducados para los pobres de la carcel los dos , i los otros dos para .el que lo denunciare; i man– darnos que Jos Escrivanos, ni sus . oficiales no assienten las (b) notificaciones , ni otros autos por relacion de Procuradores , sino que luego , que se ficieren, los ass¡emen co– mo las partes los ficieren , sqpena que por cada vez que lo contrario fi.cieren , paguen dos ducados, den:ias de las peQas, que cerca de lo susodicho las leyes ponen. LEI XI. Lo,miam.osallicap,Jl'•i6¡, , .. : M Andamos que n.ingun &crívano de ·Camara sin licencia del Presidente buelva a leer peticion , que una vez oviere M:ldo en Consejo, $<>pena de. dos ducados. para los pobresde la carcel, i por la segunda vez sea suspeitdido de su oficio· por dos me– ses; i si mas lo hiciere, locastiguen con rigor; i los dichosEsccivanos de Camara no rueguen unos a otros··que IC40 las tales peticiones·so las dichas penas, i la ·peticion, que una vez se uviere ld.do, i(a) denegadoen Consejo,Ia parte , ni su Procurador , ni Soli<;itador no. la pueda dar .a. otro Escrivano deCamara, para que ·1a lea, sopena de diez ducados, la mi-· tad para la Camara., la otra mitad para el que lo denunciare; i lo mismo se guarde , i curn,,. pla en las encomiendas , que una vez fueren -denegadas, o prove\das al contrario ·de .to· que la parte quisiera ; que si algun Escrivano. de Camara las embiare otravez al Presiden... te, para que de nuevo las encomien~e , sea suspenso porquatro meses, i pague seis duca– ~os al que lo denunciare : i mandamos que,. Que ningun Escrzvano decrete peticion,sin ser quando se suplicare de algun auto, o provi-: ·1eu1a, ni assiente que se vea, sin ser: leida. sion fecha por encomienda que se aya de en– Lo• mismos alli cap,66. i ,,. . . comendar otra vez, el Escrivano de Camara sea obliga~o a poner en la suplicacion,quien lo(b) vio la primera vez ,quando se provey?, por encomienda , .sopena de un ducado. LEI . . XIIL M Andamos que ningun Escrivano de Camara sea .ossado a decretar ningu– na peticion de qualquier calidad q\le se~, sin. ser primero (a) Id.da en Consejo; i provel– da , sopena de suspension de oficio por .un año; i si lo ficiere segunda vez , .sea privado !},auw tll el&crivanoproces~o sin tJtCMnen';, de su oficio : i assimesmo mandamos que no darlo al Relator.,i que las peticiones IM em-: den los dichos Escrivanos peticfon alguna a embien Juego al Relator que ba de sacar ninguno del Consejo, ·para que· assieme q.ue relacion.dellas: .i las que se mandar.en p~ se vea, sin que sea pdmero le'ida en CórrseJo; , ner en consulta , luego se embien al consuJ.. i se mande,.sopena ·de un ducado cada vez · tdnte; i que no pongan en consulta ninguna, que lo contrario hicieren. sin ser mandado. · Los (,) L.1. i 1 1.zl ,1.(bJ Aut.16. b,1tit. i l.u..tit.. 17,b,t lit . .f.#t.s.4. 39. 46. i 41• J_,,,,, lit. • • . LE! X.(-} t.9. i 1 o. tit.i:o: H.11: m.17. h,el,b. (b) L.6, LIH. XII•.(• ) L. 11. w. 17. l,'J, • A11t,6. t,t,H·•~ 111, l,i. ,z,,. (d) hD& tit. l.¡. l 7, tit. 1 ó. h". l••· . . l. 3 9~t11•. 1. l1b.3. (b) L. 8: tlo,. (b) 1.9. ~los. (,) lm m. l. u, LF.J XJ. (•) L. 1 4, glot. (•} tit, 8, J. IJ• •l .fin> J. U, l :1,s (p) • l. 5 • 1111. (a} t1t, I 7, 5 ,1, 11/f l,b. T<»11.L s
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