Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
· ·-De los ·Rél'atotes. -.· . · -3 1. s litar. que dentro ~ veinte i quatro·horas• .éeda: a. la eleccion sin diJacion; i si toda• o la$ que el Trib1:1nal uviere ac0rdado ,: se -vía; passado el. dicho termino, pero antes . prevenga en el dicho pleito, parjl hacer .de ; proveerse. .la relatorlá., viniere algu11 rel~cioo de el ~n el Consejo , o Tribunal -opositor,. qu~ ál .·Tribunal ·, , a quien tocare junto, p.;,r la mafia~, i dar · tambieo su Ja. prc0_visioo, ·te pare~ admitirle ,.lo ~ par.ectr., como Letrado (b) que. lía: de -ser: · .~ ;~itir., i ·.examinar >' i entrar en votoJ i aviendo cumpl:ido todos JO$ : opofliiores .para. la .eleccion·, por lo mucho ·que impor• con este examen , se.junte el T,ribuQal; que ta:~nar en la persona del Relátor : i por.a oviere de hacer la : cleccion; . Í · ·teQiendo -qué.,el saber los que han de· pretender las ios .opt2s.i~ores los afios (1;) ~e ..esttidio, .¡ dichas :relatodas ·que han de succeder eµ e~q , qQ~ la leí seg\tnda tit.ulo' -nueve li~ l0$, negocios, pleitos, i papeles de su ante• bro ierc~ro manda , se elija el : snas, ~U , . i «ssos:, sin pagar por ellos.· cosa alguna; suficiente para el dicho oficio_cki:S.(lator; «>mo esta.provcido que se_hag~, i se hace como..dicho es; i no. se den., ...Qi... .p¡:gvan ....en las Chancillerias, i Audiencias por la las r~todas en (<I} futura sucession, ,aun- leí veinte i una de este titulo, es motivo que; sea de hijo a padre;, pi ·se ponga· per..., para apetecer mas las die~ · relator1aa, 1 $0Da ; que sirva relatoda , o haga algona aver mas opositores a ellas, que avra si nó re.lacioo por algun Relator enfermo, o au-, si:¡ced~era el successór de la relatarla· én -los sen.te, o que tuviere ori;o i1,Dpe,;iimerno:_.pPr- negocios de ella; i por la mism,a lei veinté que en estos casos ha -c;ie hacer ~lacion por. ¡·. ~a esta prove1do que los pleitos, pro-, el im~dido, Q aJJs·enfe otro de.:. los. ·Rela-= cesso~, i · papeles del Re~r del Cons.ejo, tores proprietados del Tribunal, i. en, Qin- ·por.:quien vaca la relator1a , los buel~ a gun caso ha de hacer oñcio. de.· R~lator., éllcomendar de nuevo . (/} el Presidente ni relacion alguna el . que no fut1re e,asni11;1~ del· Consejo., i no suceda en .ellos t el -:su– do, i eligido, .como dkho -e~, i Jo .qu~ cessor -en el .oficio, lo qual ,ha·, tenido., ¡ · en contrario se hic~ere, s~:-~ ·,, ningu- tiene el inconveaiente referido; ·mandainM no; pero bien se permitir a que -el. ~ ·uvi~ que Jo que di~pone la dicha· lei -veinte i· ~na .re sido examinado, i.eligido·pQI'. RéJator ,del en q'uanto a los .pleitps, negocios , Lpape-– Consejo, i lo fgere., :pue.da -, ser nombradQ les de los Relatores de Jas : Chan~_illeria~ .por. los otros Cons~jeros, i 'l'ribAo.ales, ,qu<= por qui~ vac;¡· alguna relatóda ;. para ·que élvian de .eligide, para.que les h(lg111.las re-: SlJCeda. en ellos el sucessor en la dicha. ré:.. laciones , eo quanto no. hagan ~alta .a .las~ lator1a, i no se .vendan, ¡µ .deo , .ni x:epar-t ras, i.relaciones del. Consejo·: .i .cn.. quanto al tan 'a otro, se guarde, i cumpla en quarito (e) juramento, que han de hacer, fo¡ dichos a los pleitos, aegocios, i papeJé.!·de los ~ , Relatores, se .guarde lo dispuesto por la leí !atores del Consejo, i los.demas:de esta Cor– quinta titulo quarto, i la dicha leí pri~i:a d~ te , por quien vacare alguna relator1a , : re~ -este titulo , i loque acostumbran jurar en ca- vocando, como revocamos., fo que en C9n– da Tribunal: i porque ~ooviene . que para ttario de esto est;i dispuesto por -la dicha lei . 5emejantes oficio~ aya muchos opositores, en veinte i una: i mandamos que los Relato-. que escoger, mandamos que qcando se uvie- res, por quien uvieren vacado ·las relato– re de proveer afguna i:elator1a·; el Tribunal,. rias, si fueren vivos, i si no lo fueren, sus a . quien t~re , haga poner . edi~ps con herederos, i Albaceas tengan en buen .re-. dias , i plazos competentes , para que en caudo, i custodia los pleitos, i papeles de la las Chancillerías, i Audiencias, i ótras par- relatorla vaca , i los entreguen por inventa– tes , de · donde suelen venir a las relato- rio al que sucediere en el oficio, sin por ello r1as de esta Corte , puedan tener .noticia de. llevar cosa alguna, sopena de pagar el inte~ Ja que esca vaca, i venirse a oponer, i a res, i daño a las partes. i al Relator sucessor:.. ser examinados para ella; i passado el dicho i todavía apremien al Relator; por qnien va-. termino se vayan haciendo los dichos exa- cola relator'ia, si fuere vivo, i si fuere muer– menes.en la forma, q~e dicha es , i SI! pro- to , a sus herederos , i Albaceas , i otra qyal-. quiet (J) L. 1 ¡. ,1 1 u, 1 tit, (t:'Glos. (a) J, lid. 1. tit. 1 6. i (d) J, ¡,. (d\ L.¡. tit. ¡ . lib. 7. (•' G/01. (a) J, l11 l. f, tit, 4. J, ttte lib. l. +,tit. 1 • tl,111,lib,l. ¡o.i A11t. 1. tit.11. lib.4.l.7.up. , . (/] L. 11. 11/find,wttit. (t) L.11, ,l, 11rttit, l, +º· tit, 1, tit.16. lib.¡ . ..!111.a, '"!· 6, i.dut.13. 1'11d• ,. tit.1./ií,¡ . lib.¡. l. 10. tir.1+. d, ¡.¡, . Tom. L · Rr2
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