Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

De los Abog:¡dos. 303 despues por defeéto del poder no ser bastan• sus ( d) nombres tas peticiones de qualquier ca– te, el processo se anulare, i fuere .dado por lidad quefoeren ,i no baste señalarlas,sopena ninguno; sea condenado el Abogado en las de un ducado. costas, i daños, que allí se recrescieren: i LEI XXVI. manda~os que los dichos Letrados en el fir– m;u, i facer los interrogatorios, i artículos de·ellos en primera, i segunda instancia guar– den la leí por Nos fecha en las Cones de(b) Madrigal, i las otras leyes, que a cerca de esto disponen: i para castigar a los Aboga– dos, que lo contrario ficieren, mandamos que los interrogatorios , que ficieren en los plei– ~os , que penden, i pendieren en las nuestras Audiencias, los firmen de sus {c) nombres, i no baste señalar;-. i que losEscrivanos de las dichas Audiencias , en las cartas de recep– torias, que libraren, ·pongan que el ·interro– gatorio , que presentaren al Receptor, o Es– crivano, o Escrivanos, que ovieren de tomar las probanzas, sea firmado de Letrado : i que losReceptores, i Escrivanos no lós rescibán de otramanera,loqual cumplan assi los dichos Escrivanos, sopena de diez mil maravedís a cada uno dellos para los estrados de la Au– diencia. LEI XXV. JJue los Letrados en los estrados de las .Audien– cias se auíenten por su antigüedad, i que. nofablenfasta que·el Relator ptmga elcaso, , i despues con licencia: i que en eifecbo no digan, ni aleguen cosa no vi.>rdadera, i q"ue firmen laspeticiones, i no_ bas:e señalar. M Andamos qoe los Letrados examina– dos Abogados se assienten (a) en los estrados por su orden de (b) antigüedad; i que ningun Bachiller, que nó aya seido exa– minado en las Audiencias, no abogue en ella, ni se assiente en los estrados , donde se as– sientan los Abogados examinados, i que no fablen los Abogados en los estrados, fasta que el Relator acabe de poner el caso, i des– pues con (e) licencia; i en el fecho no digan, ni aleguen co.sa . no verdadera, sopena de un ducado por cada vez que lo contrario de los~, sodicho ficieren : i mandamos que firmen de .. (•l L. 4. tit.9. lil,+ (,) L.1 f. •lfin, i l. f. lm tit.l.+7.tit.+ lib. J i ÁHt, I l , Í lO. tit, 19, hodib. LF.I XV. (•) L. 1• tit.6. P,irt. ¡. /.1 J. tit. J· ¡;;, ¡. A11t. 8, tlt tstl tit. ¡b) L. 16. c•p. 17.tlos. (Z,,.) tit. 6. "' 11tt lib. i l. d. tit. ¡.lib.¡. (e) L, 7. tít. 6. P•rt. J• (') Glos. (,) "' l• l. •+· "' "'' ,;,. LF.1 XXY:I,(• JL+tit.1+h,lil,,(b)L.4.tit.1+.h,lib.l. I ,Íit.10, Que los Abogados no saqúenprocesso de la Au~ dienciafuera delPueblo sin licenciá, i que ~ los ProcuradOTes den conoscimiento ·dellos~ 3 de qua/quier escritura , que les llevareñ. M Andamos que los Letrados , i RelatO: res, Escrivanos , i Procuradores no saquen los (a) processos, que est"an pendien. tes, o acabados fuera de la Corte, sin licencia, i mandado de losOidores,ni los confien de na– die para el dicho efeéto, sopena de diez rr:il maravedís para la Camara' i el interesse a las partes; i que los dichos Letrados den conos, cimiento (b) alosProcuradores de qualesquier processos, o escrituras, que les dieren,si se los pidieren, como ellos le dan a los Escrivanos, sopena de dos mil maravedís cada vez,que no lo ficieren, i que losLetrados, que no bol vie– ren los pfocessos, sean obligados al ihteresse, i daño ( c) de la parte; · LEI XXVII. JJue los Ahogados de los Pobres , no falten kJ~ Saóaáos en las .Audiencias~ M Andamos que losAbogados de los Po– bres, que resipen en las nuestras Au,. diencias , esten ·presentes los Sabados (a) a la vista de sus processos, i los tengan bien vis– tos, sopena de un ducado; i que los Procura– dores de Pobres , despues de conclusos se los lleven, para que los puedan prevenir dos, o tres días antes , sopena de tres reales. . . . LID XXVIIt !Jue al demandado se de termino para toma~, · i buscarAbogado, i eJ¡uez compda a/Abo– gado que ayude. o. Alonso ea Akala era I J 16, M Andamos que si el demandador , o el demandado pidiere al Juez plazo (a) de Abogadl> antes del pleito contestado, aya ter– ,m, ¡· Á#l,6.e.14.tit.1.lil•,¡. (e) L,4,tit.2.+ i 1.11,ti1.10.h.lil,, LEI XXVll. (•)L. 16, tit••• l.u. tit.f. l,u. til.8. i l. J• tit.9 "' esttlib, LEI XXVIII, l•l L4. Í 14. tit.19.lib.1,l.1.tit.6.lib.J,Ortl. i l,t, tit.t, üb.1. F11rr.R1•l,l.79. U/, JI. til,+ i l,I¡.,.Zfitt ti1.9./ib.¡.R1eop.l.6. rit,6. PJ.rt. ¡. l.,,. 1i1. 9,P•rt, 1, I, ,. ,,.,. (f) tit. 6. "',,,,lib.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=