Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
z z z Libro·segundo. Titulo oélavo. qualquier tutela, o curador'ia, que ante ellos cucion, que lleve los dichos sesenta marave– passaren, i por los juramentos, o informacio- dis por cada un dia, los quales repartan por nes,'í fianza, que sobre ello se le hiciere, esti- las personas contra quien se hicieren las di– mando lo que el E!crivano assemare en re- chas execuciones, segun se ocuparen en cadá gistro , como por lo que diere signado, i no una dellas; por manera, que si en un día se lleve mas: del assentamiento como el Juez hiciere mas de una execucion , que pague ca– autoriza una escritura,lleve el E scrivano qua- da uno de los executados lu que Je cupie– tro maravedís; i del traslado que diere de la re a pagar, i no se cargue todo a uno, nipa– tal escritura autorizada, lleve el Escrivano gue cada uno de los executados sesenta ma– por cada hoja,como dicho es, segun la escri-, ravedis: otros1 de las escrituras extrajudi.. tura,que en ella oviere; i del signo lleve seis ciales , i contratos, que ante los dichos &- :maravedís: de qualquier auto de tomar pos- crivanos passaren, lleven por el registro, i session lleve el Escrivano seis maravedis,i no lo que dieren signado , lo que se manda por lleve mas; salvo si le diere si~nado, lleve del el arancel hecho por sus Altezas para todos signo seis maravedís: de un Mandamiento pa- los Escrivailqs (g)del Reico, que es a diez ra que se venda prenda,dos maravedis :quan- maravedis por cada hoja, con que aya en do el Alcalde nombrare tercero para qual- cada plana treinta (b) i cinco renglones, i quier cosa, lleve el Escrivano dos marave- en cada renglon quince partes : otros'i , quan– dis : del nombramiento de los buenos ornes, do dieren los processos para la Audiencia en que el Juez nombrare, lleve por hojas, segun grado de apelacion , los dén originalmente, . Jo que oviere escrito , al respeéto de lo suso- llevando por las tiras del rollo lo que dicho dicho: de los autos , que se hicieren para es, salvo quando el pleito fuere sobre ae– sacar qualquier escritura del registro, llevan- cucion, que lo den signado: lo qual se man– do por hojas segun de la escritura, que ovie- da que cumplaó,i guarden los dichos Escriva– re en los autos , dando!~ signado , del sígno nos, i personas de suso contenidas, sopena de seis maravedís , i al rcsped:o susodicho: ítem mil maravedis para los estrados de!Audiencia de los traslados de las peticiones, i escrituras Real de sus Magestades a cada uno porcada lleve por cada hoja,en que aya en cada ¡plana vez, que lo contrario hiciere, i mas que paga– veinte i ocho renglones, i en cada renglon ran con el quatro tanto todo lo que demas de diez parte.~, cinco maravedis: item,si el Escri- lo sobredicho ovieren llevado a las dichas vano fuere de la Villa a hacer mas de una exe- partes, oa qualquier dellas. (tl L.i"'i,. tit. 17, lib. 4, i .tfMt, 6, zit. 1. líb. ¡, (/,) G'los. (a) i ( fl Id• l. i ¡. ¡,,,,,,;,, ------------·-,-----·--- I La1 apelaciones de los Corregidores , i Justicias de Valladolid, i Granada tocantes a penas de Ordenanzas de quantta de mil marave– dís no vayan ante los Alcaldesde/Crimen., sino 'se vean en rdacion en una Sala de kJs Oidores, J. 75· tit.5. de este lib. 2 · Los Alcaldes no conO'LCan en apelacion en causas civilesfuera de las cinco leguas,l.4. tit. 7. deste hb. i alli, que no embietJ Pesquisi– dores. 3 Los Alcaldeshan de hacerAudiencia de causas ciwles en las Plazas Martes, jueves, i Sabado en las tardes, i lo que han de bacer los otros dios, p... ne la l. 7. ibi. 4 Como ha dct ser condenado en costas eJ emplazador , quando no viene! , i •viene el emplOU1do, p·1ne la J. s. tít. 3. lib. 4· 5 LosEscrivanos dePro-vinda no resciban co- 10 -díuna de lospleiteantes;salvo sus lkrecbos, so la pena c<mtenida en la 1. 5 6.tit.5.deste lib. 6 · Que ~s Contadores, que se nombraren para bacl!t' alguna liquiliacion, sea solamente para cosas, que CQflsistan en cuenta, o tauacion o pericia dept!rsona, i arte,i no para cosas, que consistan en derecho; i que en un pleito no aya mas de unas cuentas,i la tassacion, que se ha de hacer a los Contadores, vease la l. 50. i 5 1. tít. 5. deste lib. 7 Escrivanos de PrO'lJinciade losAlcaldes de Corteno reciban demandas sobrepropriedad, i particion de bienes, ni otraalguna, de que ru, puedan cofJQcer los Alcaldes, i en que pena in– curren,si locohtravi11ieren, Aut. 1 . deste tit. 8 No ordenen,,ni reciba;, ninguna e~ecu– toria de los .Autos, en que se declare no poda– estar presos algunas p:'rsonas, por ser Hijos– dalgo; i solo den testimonio de éllos , si lo pi– diere la parte, Aur.15. tit, 19. lib.2. Que •
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