Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

~08 Libro: segu·ndo. Titulo oétaV'o. . . TITULO OCTAVO. , DE LOS JUZGADOS ·DE PROVINCIA DE .ALCALDES de Corte, t Chancillerias en lo Ci'vil, Escri'Vanos dellos. t Aranceles' de los LEI PRIMERA. JJue los Alcaldes bagan las .Audiencias en las. causas civiles eñ las pltrLas, i 1lfJ en sus ca– sas, las dos horas , que Ja ordenanza ma,,.. da, i los tres dias. D, Fernando, i D, I~bel en Medina del Campo a.iio r 10,4,, l. &8, de Febrero, O. Carlos, i o. Juan CD Molía de !Rei aiio 1;, up.7, de lasOrdenaniu, D, .Fernando en Se-tilla año i¡oS, i en la Visi1adcl Obispo de Cuenca del a.iio de .+9,up, z.9,i O. Fernando aiio 1¡1r. en la Visita de O. Jaan Tavcra eap, u. i en Valladolid aiio 18, petic. O, M Andamos que l~s nuestrosAlcaldes ha~ gan Audiencia (a) publica en las cau– sas civiles las dos ( b) horas , que la ordenan– za manda, a cierta hora en Verano, i en In•. vierno, de manera que los Labradores pu~. dan tornar a dormir a sus casas,las qualesAu-. diencias hagan en .las Plazas publicas, donde residieren los dichos Alcaldes, i Audiencia.s, porque los litigantes sepan adonde han de acudir a sus pleitos a responder a las deman– das, que les fueren puestas: i no hagan las di~ chas Audiencias en sus (c) casas, porque de esto se siguen algunos inconvenientes•. LEI II. JJue los Alcalde$'tkCorte, i Cbancilleriasnom– . bren dos Est;rivanos para cada una de sus . Audiencias, conforme a Jo en esta leí con• tenido. D, Carlos, i O. Jaanacn Zuasou año 1111. a 10.dc Mayó Pragmaóea up. 10. i o. EnnqneIL en l!11rgo1 era 1,+07, lei u,* D. Juana en Valladolid año p ¡. . Prag112. a 1,. de. Julio cap. 7• ·MAndamos en quanto nuestra merced, i . . . voluntad fuere, que los dichos nues– tros Alcaldes de Corte, i cada uno dellos, nombren, i presenten cada (a) dos Esc:riv.a- Ul I. (A} L. t8, tAf,t,g/os. (e) tit,6. hodib. (b) L,t S,glos. (e) tit.6..ho, lib. i l.9.g/01.(0) h0& tít. (<) Glos. (a) J, tstA l,i, ;¡,. Jº· tit. f• lm lil,, LEI 11. (•) L. ra. tit. 6. /i&,1. OrJ. l. 1J. Jt ,/l. I. ;. ¡. tit. 10. i l.1. tit.u. hodí/,. (/,J L. , • tít. u . hodi~. l. 1 • t it, I 9. i .J·J.1~ ,;,. iq, HO l1t 7, ~,f tit. (,) '1Ht, •· 1i1, ,a. lm ¡,;. oos,que tengan titulo de Nos,para cada una de las dichas sus Audiencias, que sean perso– nas expertas , i de confianza , idoneos , i su– ficientes, a los quales trayan ante los del nues-– tto Consejo , para que por ellos sean vis– tos, i conoscidos , i s~yendo tales los aprue– ben, para que puedan usar de los dichos oficios·, i no en otra manera ; i allende de esto para qÚe juren (b) q'ue guardaran nues– tro servicio·, i usaran bien, i fielmente de los dichos oficios ; i que no partiran con ellos los derechos, i guardaran todas las orde– nanzas de yuso contenidas , i el arancel , i todas las otras cosas, que por man de sus oficios son.obligados a guardar, i cumplir. i mandamos que, despues que assi fueren aprobados los dichos Escrivanos como di– cho es, que los dichos nuestros Alcaldes no los puedan remover , ni quitar de los dichos oficios {c) sin causa, ni ruon legitima, i con acuerdo, i . mandamiento del Presidente, i de los del nuestro Consejo , i ningun • criado , ni allegado de ios dichos nuestros Alcaldes, i Escrivanos, tjueno tengan titulo de nuestro(e)Escrivano,se·a&.9ientcn,ni den fee en Andieoci~ ruaguna de los dichos nuestros Alcaldes de Autos,ni.rebeldias ,oi.de otras co· sas, sopená que , el que lo contrario hiciere incurra en las penas, en que caen los que usan de oficios publicos, sin tener(/~ ¡:ioder, ni fa– cultad para elfo:i que no pidan, ni llev~n (g) cosa alguna los dichos nu·estros Alcaldes por SJ,lll porotras.personas,direfie,ni indireéte a 1~Escrivanos,i¡ué nombrardh. para las dichas ·Audiencias, por los nombrar, .sopena que lo paguen con otro tanto para nuestra Camara, i que·ansimesmo para cada uno de los dichos pue·stros Alcaldesdel Crimen de ·las Audien– cias para lo civil pued~ los Alcaldes nom– brar otros sendos (h) Éscrivanos ·segun, i co- mo (d} L.1 9.z/os (~} tit. 7. l. 11· gl11.(e) tít. r. i /11 1J . ,.¡ ,,.,J;o tir. 1 r. hodib. (e} L.1.1. i f• t ,t. , ¡.lib.+. /,s. tit. ¡, l. 16. tit.,. lib. ¡, (/) L.¡. 4/jin tit.1 f .lib+I.¡. i 1. dt .t,1. $.tit.9 P•rt, 1 . í ¡,. ''· tit. 1 J. PArt. J• !t ) L. ¡6. tit.¡. /. 7. b4, tit, l.1 .10. u. i 1J.tit6. /. 1t, .i 11.rit.7.h0&lib. (b)L. 1, tit,io. lH• Jil,. i J, lJ, tit,6, li;, ¡. OriitnAtn.

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