Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
De los Alcaldes de la Casa, i Corte. 1 8 9 . nas causas, ni negocios (u) criminales; pero mera instancia diere alguno de los dichos si en presencia(x) de ellos se cometiere al- ·dos Alcaldes,se agraviaren las partes, sien– gun delito , o delitos , podran prender infra- do la cantidad, sobre que es el pleito , de gante a los que los cometieren., i embiarlos cincuenta mil maravedís , o dende arriba, presos a la Caree! de Corte, para que de sus (c,2.) se aya de apelar, i apele · para el Con– delitos conozcan los quatro Alcaldes , que, sejo, donde el Escrivano ha de ir a hacer como dicho es, han de conocer de las cau- (d,:2.) relacion, i se ha ·de despachar., i d~ sas criminales. terminar el negocio , segun i en la forma que . 14 I si acaeciere que alguno de los di.. hasta aquí se ha hecho ; pero siendo de cin– chos Alcaldes ( que, como esta dicho , los cuenta mil maravedis abaxo la cantidad, so– hemos de nombrar (1) cada año por su bre que fuere el pleito, la tal apelacion aya turno) uvieren visto algun pleito en lo ci- de ser para ante los dos Alcaldes, assi el vil , i se mudaren antes de determinarlo a que dio la seruenda, como el otro su com– lo criminal, mandarnos que lo vote , (z) i de- pañero; los quales ambos a dos juntos, es– termine en la forma, que de yuso se dira: tando el negocio en estado, lo han de ver, i lo mismo se haga , si aviendolo visto en lo i determinar, aunque el sustanciarlo ha de criminal, se mudare a lo civil , porque ser, i lo ha de hacer solamente (e,2,) el que nuestra int~ncion, i voluntad es que en no dio la dicha sentencia; i siendo los dos qúanto a esto se guarde lo contenido en esta Alcaldes de un (f,2.) voto , i parecer, sé lei , como si los dichos Alcaldes no se mu• pronunciara la sentencia en conformidad de dassen. . Jo que acordaren; i de ella se librara manda- 15 I porque los dichos negocios civi- miento executorio, sin que aya lugar ape– les tengan mejor, i mas breve expedicion , i lacion , ni reclamacion, ni otro recurso al– despacho, ordenamos, i mandamos que los guno: lo qual, i lo en este capitulo conteni– dichos dos Alcaldes, que han de conocer de do, mandamos se estienda assimismo a los ellos, cada uno con quatro Escrivanos de negocios pendientes, aunque esten sentencia– los ocho , que ai de Provincia , hagan dos, i de ellos este apelado , no estando ya Audiencia publica en las Salas ( a, 2.) en el dicho grado en Consejo. · · que para este ,efeéto ai en la Caree! de 18 I no siendo los dos Alcaldes confor- , Corte, en cada un día tres horas a la tar- mes, el Escrivano llevara el pleito al mas de, en esta manera : desde primero de Oc- nuevo (g,2.) del Consejo, para que en su tubre hasta fin ele Marzo, desde las dos casa lo vea , i despues en ella lo determine hasta las cinco ; i desde primero de Abril juntamente con los dos Alcaldes , que en hasta en fin de Septiembre, desde las tres discordia lo remitieron, i de lo que los .dos hasta las seis. de ellos determinaren, se librara manda- 16 I porque podría acaecer que alguno miento executorio ; pero siendo todos tres de ele los dichos Alcaldes estuviesse enfermo, votos singulares, el negocio ha de ir al Con– o legítimamente impedido, de manera que sejo, donde se ha de ver, i determinar por no pudiesse assistir a la Audiencia , i des- quien el Presidente nombrare, i juntarse ha_n pacho de los dichos negocios, por causa de a votallo los demas , que lo han visto·, en enfermedad, o legitimo impedimento ; en tal casa del mas antiguo. caso mandamos que el (b, 2.) que quedare, I 9 Otros1 ordenamos, i mandamos que vea, i despache todos los negocios en prime- en las causas, i negocios civiles, de que co– ra instancia con todos los Escrivanos de noce la Justicia (h,2.) Ordinaria de esta Vi– Provincia. Jla de Madrid, i conocieren de aquí adelan- 17 Otros1 ordenamos, i mandamos que, te ella, i las demas de todas las Ciudades, si de la- sentencia , o sentencias , que en pri- Villas, i Lugares de estos Reinos, donde es– tu· (u) C11p.1. i J. J, 111 l. 1 S, J,,,,, tit. (x) Glo,. (b) J, 11111 ¡,;. (y JC•t· 1 ¡. J, .,,,. l,i. ¡...le,.,..., •. ,, ,u,._l,i,; '"P··~ Jt 111 l. 1 g. J, t1tl tit. (A,i..) Cap, 11 · Jt ,st• lu , '"/>· 1. , ¡. J, I• l. 1i, J, t1tttit. i A 11t. +.+· J, H. (B,1.l L. 18, ,. 1. ; 4 • J, "" tit. c.p. i.6- "• "'" ,,,. (C,•• J L. 1 7. , 1 s. "'P· l· J, m, tit, A11t, 11. tlt, &, ¡I••• (b) il, 111 (, +l• tít. S• J, tst, lib. (D,t.l Aut. TI, •I fi", i Aut. 7, tit. 8, Je t1tl lib. (E,i.) L. 18. '"P· +· Je tSII tít. (F,1,) L. 18. up. J, 111 fi• "' .Stt tít. l. 1º· i f •• tít. ... J, ttlt lib. i t$flf 1.. '"/>· i.1. (G, ,.) Cap. ¡, Al ji,. , i ,11¡,. lt• llt/11' l. 18. i l. 1 • lle tttl tít. (H,1.) L.14. 17. i 18, '"P· ¡. J, w, tit. i '"P· 1t, "' IStll 1,i.
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