Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
. 1 ; o · Libto ség·undo. Titulo quarto. do al Consejo p1reciere, 1. 10. tit. 9. lib. 3. 24 PrO'Visiones ordinarias para 'Juece1 16 Las sentencias, que se dieren en el ConservadíJres de las Universidades de Saia– Consejo, ChanciJkrias, i Audiencias, enplei- manca, i AJ&ala, en que forma se ba,J de du– tos de acreedores en primera, o segunda ins- pachar en el Consejo, Aut.5. tit.7. lib. 1. tancia, como se han de e:r;ecutar, sin emhargo ~5 PrO'Visfones para traer Bulas al Con- de suplicacion, l. 12. tit, 16. lib. 5. · sejo sobre Patronazgo&al, o de legos, o por 17 Las Preladas, Beneficios, i Enco- derecho de Estrangeria, o Beneficio patrimo– miendas, i todos los demas Qjicios, i plazas, nial, no se han de despachar, ni entregar sin que son del Patronazgo, i prO'Vision Real, na- fianzas, Aut. 3. tít. 19. lib. 2. die les pretenda por dadivas, o promessas; i 26 Los pleitos sobre retencion de Bulas los que le contravinieren en que penas incur- se vean en el Consejo en las Salas de Justicia, ren, l. 19. tit. 26. lib. 8. . Aut.14. hoc tit. cap. 25. al fin. 18 Ninguna persona, 11i Ministro le les 27 Los Amos, que el Consejo pr<YVeyere que sirvenen Qjicios de .Administracionde Jus- en las causas de Fuerza, que del Nuncio de su ticia, Hacienda, o GO'Vierno, no pongae.n con- Santidad vinieren a el, en que se declarare fianza en cabeza de tt!rcero, ni reciba en la su- que en conocer, i proceder bacefuerza el Nun– ya bienes, ni badenda alguna de ni1lgflfl gene- cio, no se entreguen originales , sino solo m, ro, ni calidad, l. I 3. tít. I 6. lib. 5. traslado, Aut. 5. tít. 8. lib. I. 19 Los dos del Consejo, que entran en el ~ 8 E/ Consejo de Indias no puede &OflQCer de Hacienda, se bailen presentes a la vist~ de de causas de fueruz, Aut. 8. hoc tít. }as condiciones de los arrendamientos de Ren- 29 El Vicario de ~rid no de permis– tas R.e,1/es; i no sepueda'conceder, ni passar slon, sin que preceda licencia del Consejo,par11 ninguna, sin que los dichos dos del Consejo ha. que p~dan salir ·Processiones de las IglesilU yan assistido a ello, Cedula de D.Phelipe IV. Parroquiales, i Mqnesterios de la Corte, por en 27; de Julio de I 63,. en las Condiciones las calles pubHcas de ella, Aut. :a:,. hoc tit. del Servicio de Millones. 30 La Corte del Rei tiene Breve d~ m 20 En e/Consejo no se admitan pleitos de Safltidad, para que no se pueda JJ8ner entre-. acreedores a Mayorazgos, i les que desta cali- dicho en ella por termino de treintadlas, Aut. dad se intentaren en el, se remitan a las Cban- 1. tit. 8. 1 ib. I. ~ikrias , i Audiencias; conforme a lo dis- 3 I Cvnsulta se baga cada semana por puesto en la Ccdulade D.Phelipe IV. de 27. uno del Consejo ; i concurriendo semaneriti, i de Julio de 1632. en las Condiciones del consulta,queformasebadeguardar,Aut.5. Servicio de Millones. hoc titulo. 21 Todos los Consejeros, i Ministros de 3::1 Las confirmaci()lles de Ordenanzas de justicia , GO'Vierno , EstadíJ , i Hacie""'1, las .Ciudades, Vi/Jas, i L1:garts del Reino se JTeintiquatros, 1uradfJs, AposentadíJr Ma1,r, vean en el Consejo en qualqfliera de las Salas i Aposentadores, hagan, i den inventario de de 'Justicia, i las de la Corte se consulten, las haciendas , i bienes con que se haJJaren al Aut. I 6. tit. 4. lib. 2. tiempo en que fueren prO'lJeidos en las plazas, 33 Pleitos tk cuentas solos dos delCome.. J oficios de esta calidad, conforme a lo dis- jo kJs puedan ver, i determinar, Aut. 11 • puesto por los Decretos de Don Phelipe IV. hoc tit. en el Pardo en 14- i 22. de Enero de 1622. 34 PJeitos de Visitas de Escrl'Vanos,i de i de 1. de Febrero del mismo año. cuentas de Propios, i Pasitos, i /Qs tiernas, que 22 Lospieitos de fuerzas de 'jueces Ecle- de esta calidadvinieren alConsejo, sevean en sfamcos sobre /Qs espolios de /Qs Obispos se ,Jicomo vinieren, sin recibirlos a,prueba,avien• determinen en el Consejo en Ja Salade GO'lJier- 'do precedido sentencia de les 'jueces , que de no, Aut. 23. hoc tit. . ellos tl'llieren conocido, Aut. 35. hoc tit. 23 Lospieitos de fuerr.as de 'Jueces Ecie- 35 JJuando en la Sala de GO'Vierno no · siasticos de la Villa de AJcala vengan al Con- uviere negocios tocantes aeJ que despachar, se . . sejo; i lo mismo se baga en los ,:asos, de que co- vean, i despachen e:,;pedientes, i negocios de nocen Jueces de Comissionfuera de la Corte, Justicia, Aut. 20. hoc tit• . en que las apelaciones estan reservadas al Con- 36 Lospleitos tocantes~ taku, i entresa• .sejo, Aut.1+ c. 25. hoc tít. i Aut. 25. de el~- cas, i sobre bacer Ctu'imJ, i todo Jo que fuere con-
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