Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
Libro segundo~ Titulo quarto. xxxvm. . LEI XL. . LEI Que aya tabla parti las re~dencias, i seve-an conforme a kJ en_ esta ki contenüi-0. · Los mismos alli cap. 1. M Andamos que en el nuestro Consejo aya siempre (a) tabla de todas lasre– sidcndas, que se tomaren a los Jueces, i Ofi• ciales de Justicias, para que se vean por su orden, i antigüedad los Martes, i los Juev·es, como hasta aqui se ha acostumbrado, i la di· cha tabla se renueve en presencia del Presi– dente, i los del nuestro Consejo, luego que ~ acabaren de ver las residencias , que en ella se ovieren puesto ; pero si alguna resi– dencia fuere tan breve que se pueda ver en un Con~ejo, o por alguo respeéto, que toque a nuestro servicio, paresciere ser necesario verse con mas (b) brevedad, bien permitimos que ·se vea fuera desta orden. LEI XXXIX. Que ,w se vea residencia·,sin quecomte esta,; e:,;ecutada la primera, i que el Fiscal la aya visto: i que /Qs delConsejo,que enc()mefTZ.Qren una residencia, la acaben , i las culpas las castiguen con el rigor , que com,iet1e. Los mismo, alli cap: 1. i J• M Andamos que ninguna residencia se comience a ver, sin que primero la ayan visto, i passado (a) nuestros Fiscales, o alguno dellos , i ante todas cosas parezca por testimonio bastante como esta executado lo que resulto de la residencia passadá, que se tomo a su antecessor de la persona' cuya re– sidencia se comenzare a ver ; i OtrOS1 manda– rnos que los mismos del Consejo,que ovieren comenzadQ(b) a ver una residencia, la aca– ben, i sentencien, sino fuere por enferrr.edad, (c) o ausencia de aJguno dellos, o por otra (d)justa cau.ca ; i en el castigo (e) de las cul– pas, que resultaren de las dichas residencias, encarga~os a los del nuestro Consejo tengan el rigor, que conviene a la tathfacci.m de las panes, i al exemplo de los otros Ministros, i executores de la justicia. JJue aya en elArcadel Consejo, libro, tn que se ·assfente lo que resultare de las consultas de las residencias, I qUQ no se consulte nin– guna residencia, en que uvfere-/ugar supH– cacion de algun.u conderuciones , que se hi– cieren enConsejo. Lo, mismo, alli cap. • · i 1 • ·0Tros1mandamos que en el Arca de C.On- sejo aya siempre (a) ui:i libro, donde se assiente por su orden lo que se consulta de las residencias, con el día , mes , i año, en que se consultaren : r lo que el Presidente, i los del Consejo sienten panicularmente e11 la aprobacion , o reprob~cion de las personas, cuyas residencias se han visto, se assiente e11 un quaderno, o libro pequeño aparte, el qual este en el cofre , o caxa, donde estan los vo– tos, i cedulas, con el mismo recaudo, i se– creto: i ansimi.;mo mandamos que ninguna· r~idencia se consulte , sin que las condena– ciones, que ·en ella se ovieren hecho, en que aya lugar (b) suplicacion, se notifiquen a las panes, i esten passadas (c) en cosa juzgada. LEI XLI. Los 'Jueces iJe Residencia sentencien los cargos sin r~mitir, quanto sea possible; i los del Comejo los avisen de loen esta lei contenido. Los mismos alli cap. ,. i 7. M Andamos que de aquí adelante loi. Jueces de Residencia sentencien los cargos de la secreta , aunque sobre alguno de ellos se aya puesto demanda (a) publica: i no remitan (b) al Consejo la determi.nacbn de los dichos cargos, sino fuere con mucha causa ; i quando la remitieren , sea con toda la claridad , i averiguacion , que se pudiere aver, conforme a lo que en esto dispone el ca• pitulo ( c) de Corregidores: i mandamos que los del nuestro Consejo tengan cuidado de (d) avisar a los que fueren a tomar residencias que pongan toda la solicitud , que conviene en averiguar los capimlos, i cargos,que ci>n– tra los Jueces se dieren, de manera que me- jor L"El XXXV/ll. (•l GI.,. (al "' ,. l.1 f. i ) J • "' tst, tít. {b) l. J. 7. i 8, tit.7. U. 1. i l +1. •I fin boc tit, l.u. i t ¡.tit.7 lib. ¡. L. ¡~, glas.(·) i .Aut. •· i ¡. bo<tit. LF.I XXXIX. ¡.a .Aut.11. cnp.1. i +· tit.t + . .Aut.19,tit. t 9. hoc lib. Á#t.¡. tit.1 ¡ . ton ti+· i 6. tit. l ; . dt rl, .Aut. 1., .1~. tit.6. /;b. ¡.i g. tit.7 ,lu/. (b L.19. tit.b. hac lib.cor, 1,, +• tap.7. tit 1-.. lib.¡ . i.Aut.q. c11p. 1. num.J. bor tit. i.Aut. • · tlt. 7. lib. J • .Aut+ i l.1 o r •• i ó l· ha, tít. 1, ) L.;+ glas. {fl l. 61. cap, 16. ; los. (lt,1,) ho< tit• .Aut. 8.i 9. tit, f• ho< li•. (J) .Au1.15. , ..p.1. num.1. bottit. 11) L. 8, •l/in tít. ,.u•. &. LE/ XI.. (• l Glos.(~l dt l• l.¡ 1.hot tit. i l.1f.tit.1f,li;.... (b) L . fl· t 6 ¡. glot. (<' i l. ; 9. glas. (,>) bo, tit. (e) A.,,. 6, i l. 1 , • '"P· 1. , it. 1• · bor lib. , on l 11 1. ¡ 1•• 1 fi11, ; l. u. ,. s. tit 16 . lib.A, l.1 , . • 1 ¡. tir. 7. l;b. ¡. LF.I JCLI. (~) L P:•I fin bocrir. b¡ L.1¡. g/01.(;} 1 ¡ gl.(e) l.,+: gla, (fl • 10. m. 7, ~,b. ¡. (t) .Aur. 1. '"/+ 1•• i 1,. ,.¡ fin tlf. ,. lz•. )• ¡J) L.-.., 1. d, 1111 til,
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