Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

1 oo Libro primero•.Titu1o decimo. sus dueños quisieren, vayan por ellas; i man- nuestros Reinos, su Santidad concediere a?~ damos a los dichos Tesoreros, i Predicado- gunas Bul.as, o composiciones, i subsidios, res, i a otros Oficiales de la dicha Cruzada se gaste lo que dellas se oviere en (a) aque,. que guarden lo aquí contenido, sopena de llo, para que se hiciere la concession por sa treintamil maravedís para la nuestraCamara, Santidad. i Fisco,i que las Justicias Ordinarias lo fagan ansi pregonar,i notificar a los Predicadores, i Oficiales: i los Presidentes, i Oidores de las Audiencias, i Alcaldes de la Casa, i Corte, i Chancil!erias,i Justicias Ordinarias de) Reino lo manden cumplir en todo, segunque de suso se contiene. LEI VI. LEI III. IJue lo que se cobrare por Bulas , i compod– ciones, m, sea por censuras, ni entredicho. Los mlmoseo Valladolid año lf:LJ, pet,11. M Andamos que en la cobranza de loque Nos,o los Reyes, que despues de Nos reinaren en estos nuestros Reinos, ovieremos de aver de las dichasBulas, i composiciones, se proceda por via (a) ordinaria, i que no se ponga entredicho (b) en los Pueblos por deu– da de particulares personas, que lo devan. ·LEI IV. ~ue no se lleve cosa alguna por la Cruzada de lo que Jos Lugares gastaren en C()(Ter toros, o dar caridades de sus bolsas. Lo, mismo, alli pct.1 J• M Andamos que los Comissarios de la Cruzada, o Composicion, ni lleven, ni cobren (a) cosa alguna de lo que al_gunos Lugares, o Cofradías gastaren de sus bolsas en correr (b) toros, o dar caridades, segun que lo tienen de voto,i de costumbre : i man– damos que sobre ello se den las provisiones neces.sarias, para que assi se guarde, ii cum~ pta. LEI V. JJue los dineros , que se <YVieren de la Bulas, i Subsidios, se gasten en Jo para que fue– ron concedidas por su Santidad. Los mismos alli pct, 1 +• M Andamos que, quando quier que a nuestra suplicacion , o de los Re– yes, que despues de Nos reinaren en estos L!l 111, (•) L.1¡, h,o tit, l.r,. 10,:i.r. l Jº· tlt.1·r. lil,.+, (') d#t.1. il+ ti1.8.l,8. tit,J,¡lo,.¡¡¡ "°' lil,. i l,1-,¡l. (d) "' ..,, tit. .U.1 IV, (•l I..10.,. ¡ :i..hoetil, l. 1 6,¡lu. (e) i l. J 1 ,¡lo,. (d) tit,7.h, lib.(•) L.17.1it. f .P,m, 1,A#t,¡ 1,tit.6,li•.:1.,1 ¡ J, ¡ +. I 17, ti1.+.i1,I, l,1111i,.M, tit,JI, m.4-i 41ft,J,llt,rJJib,J, íJue no se bagan mercedes en les akances, ~ se hicieren a los que tienen cargo de Bulas, i Cruzada, salvo que se gaste en Jos gastos 9 para que se dio. Allí pctic. 1 J, M Andamos que en los (a) alcanccs,que se hicieren a losTesoreros, o otras per– sonas, que tuvieren cargode las dichasBulas, i Cruzada, no se haga merced, ni libranza a ellos, ni a otra persona alguna, salvo que se convierta en los gastos de las cosas, para (b) que las tales concessiooes se hicieren. LEI VII. JJu~ las pr<YVisiones, que se dieren sobre cosas de la Crt11.ada, vayan señaladas de a/gu11()$, de kJs del Consejo. . Lo, miSllloa eo Santiago, i l& Coroiía aiío Ir10, perle, IJ, , M Andamos que de aqui adelante las pro,. visiones, quese dieren en las cosas de. la Cruzada, vayan (a) señaladas de algun0.t del Consejo. . · LEI VIII. Para que el Presidente, i Ouiores de las nues– tras .Audiencias no se entremetan a conos– cer de las cosas tocantes a las BulllS, • Cruzada, i subsidios, i quartas, i cuentas dello en manera alguna, i las remitan a ~ Comissarios. Loa mismos eo Barcelona año 1 J+I.. l 10. de NoTiembre ¡ ¡ otra tal at dio para Granadaen Toledo año 1 n,, sobrecartas cicllu, uDa co Avila año 11J1. i orra del Priocipe D,Phclipo año Ir++• eo Valladolid, i cu Madrid año lf+7, i ocra Ce- dida de los R.crc• O.Fernando, 1O.babel dada C1' Mcdioa de Campo año 1+'+- pc¡r Jllllio. P Orque somos informados que los nuestros Presideme,i Oidores de las nuestrasAu-– dicncias , que residen en Valladolid , i Gra-. nada, a pedimento de algunas personas man– dan traer los processos, que a pedimento del Fiscal , i Tesoreros de la dicha Cruzada,Bu- Jas, Ul P. (•) I..6.1111._ (b} ti,~,, tit, i A11t.i.i11t, f ,tit.,J;,.,. L'líl Y/,(•) L. u, t1t, J• l16. ,. l. J6, ,11p, i. l, 18, i lJ, I A11t, ~· i i, tit, J• tldl, m, ,l 11, tít. 6. li6. ,. (6) l..¡."– ,,,, tlt, LEI P/1, (11} L, 10, '"!• J• i 10. l,u tit, l, J, i 10, 111 J• ,;,, .. 'ª· l, . . . . .

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