La Biblioteca del Instituto Nacional y de la Universidad de Chile

Un decreto de 5 de junio de 1862 señaló: “Considerando que la Biblioteca de este establecimiento se aumenta de una manera notable y que para su buena marcha es necesario someterla a una dirección fija y arreglada, vengo en aprobar el siguiente Reglamento para la Biblioteca del Instituto Nacional”. Su artículo 1º expresó: “La Biblioteca del Instituto Nacional estará bajo la vigilancia del Inspector de externos, quien cuidará de que se de el debido cumplimiento al presente reglamento y a las órdenes del Rector, corrigiendo por sí las faltas y defectos ligeros que notare y dando cuenta al Rector de los más graves”. En el artículo 2º se indica que habrá un bibliotecario con el sueldo de 400 pesos anuales y que su nom- bramiento lo hará el Presidente de la República a propuesta del Rector. El artículo 15, inciso 2º, indica que el bibliotecario deberá rendir fianza de 500 pesos en caso de pérdidas y deterioros. Una total de 17 artículos comprendía el Reglamento, el último señalaba: “Los casos no previstos en el presente reglamento serán resueltos por el rector” 48 . Durante el rectorado de Diego Barros Arana, entre los años 1863 y 1872, se: “incrementó la bi- blioteca del establecimiento hasta hacer de ella, bajo muchos conceptos, una de las primeras en Sud-América” 49 . En 1871 se publica en París, la obra “Chile Ilustrado” de la autoría de Recaredo Tornero, allí se dio cuenta de la situación de las Bibliotecas en Santiago, que en la época contaba con 42 mil textos; el Instituto Nacional nueve mil volúmenes; la Universidad de Chile con cinco mil libros y continuaba con la de los Tribunales de Justicia, del Seminario Pontificio y cuatro bibliotecas conventuales la más importante de ellas la de Recoleta Dominica con unas 18 mil obras 50 . Este periodo tiene otro hito relevante pues en 1876 la Biblioteca del Instituto Nacional, por decreto del 13 de mayo, pasó a ser “pública”, es decir, a prestar servicios al público externo al establecimiento educacional, siendo la segunda con este carácter luego de la Biblioteca Nacional. El 19 de mayo de 1876 un decreto del Ministerio de Educación dispuso: “La Biblioteca del Instituto Nacional será pública en adelante, y en lo relativo a las personas extrañas al establecimiento, quedará sujeta a las disposiciones que determina el Reglamento de la Biblioteca Nacional” 51 . Al interior de la 42 48. Boletín de las Leyes y Decretos del Gobierno. Imprenta Nacional. Santiago, 1862. ps. 108-112. 49. Gaceta Ministerial de Santiago de Chile, Nº 21, p. 35.

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