Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina
NUEVAS INSTITUCIONES DE iNTEGRACIÓN EN AMÉRICA LATINA / f. Orrega y J.lrigain el patrocinio del organismo internacional en cuestión, debe ser ob– jeto de una propuesta detallada en la que se especificará el propó– sito, la duración, el lugar de ejecución, el costo y el órgano respon– sable de su ejecución. Hasta el momento nuestro análisis se ha limitado al estudio del Fondo Común desde una perspectiva financiera; conviene en ade– lante referirse a un problema básico: ¿quién controla el poder de decisión de esta nueva institución? b) El p110blema del control Nadie podrá negar que asistimos hoy en día a un proceso de demo– cratización de la sociedad internacional. Una de las consecuencias que se han derivado de ese proceso reside en el plazo normativo. Los países en vías de desarrollo, mayoritarios en órganos intergu– bernamentales plenarios 3o , adquieren una capacidad "legislativa" desconocida hasta la fecha. Sin embargo, la importancia de los países en desarrollo 31 , como agentes del "desarrollo progresivo" del derecho internacional, se ha limitado a instituciones preponderantemente políticas. Las or– ganizaciones financieras clásicas han sido y continúan siendo adic– tos a la influencia de los países industriales. Como se sabe, el sis– tema de ponderación de votos ha asegurado a esos países una ma– yoría 32 en consecuencia, un control estable en ese tipo de organiza– ciones. Frente a esas circunstancias, los países en vías de desarrollo han intentado una doble estrategia. La primera, más contemporizado– ra, ha perseguido modificar el proceso de elaboración del Derecho Internacional del Desarrollo, variando los métodos de votación. El fin deseado es conseguir que la mayoría de los Estados se pronun– cien en favor de objetivos precisos y favorables al desarrollo. Bajo esa perspectiva, es. que debe entenderse la posición asumida por Raúl Prebish, con ocasión de la inauguración de UNCTAD en Gine– bra, en 1964, al señalar que "no existía interés práctico inmediato ""Cf. ViralJy (M), L'Organisation Mondiales ... , op. cit. 82 y ss. "'Aceptemos que esta cuestión es bastante más compleja que su simple enun· ciado. La distinción entre "desarrollo progresivo" y "codificación" podría en– contrar un criterio de diferenciación más bien en los métodos que en elemen– tos materiales. Un ejemplo de ello lo ofrece el estatuto de la Comisión de De– recho Internacional de Naciones Unidas, artículos 16 y ss. Cf. Daudet O), "Techniques de codification", in l'elaboration du droit international public, Pa· rís, Pedone, 1975, pp. 148-169. ""Sobre este sistema se puede consultar el estudio ya clásico de Drago (R), La ponderation daos les Organisations Internationales, A.F.D.I., 1956, pp. 529- 547. En lo que se refiere al control, cabe señalar lo que ocune en el Banco Mundial, donde cuatro países industriales disponen del 43,79% de los votos to– tales. Cf. Lallalle, "La Banque Mondiale et ses filiales: aspects juridiques et fonctionnement", París, L.G.D.J., 1972, 323 páginas, p. 75. Véase igualmente Díaz Albónico (R). "Contribution a l'étude du fait illicite en d1'oi1 international: Le particularisme Latino·americain", Strabou1'g, 1974, 393 páginas, p. 172. 94
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