Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina
NUEVAS INSTITUCIONES DE INTEGRACIÓN EN AMÉRICA LATINA / F. On'ego y j. Irigoin perior á una caritidad que equivalga a la suma de la porción no 're– qúerida de las acciones de capital desembolsable; de la cantidad no requerida del capital de garantía y de las garantías; y de la reserva especial.. . Si evaluamós y cuantificamos estas limitaciones, ello nos condu- ciría al desglose' sigUiente: . i) La porción· no requerida de las acéiones de capital desembol~ sable corresponderían a U5$ 10.000.000 (o a la suma aun no reque– rida del capital desembolsable) ; ji) A una· suma equivaleritea las dos terceras partes de las ne– cesidades financieras máximas 27 ; . iii) Y á la reserva especial. es decir, al 10% del capital aporta– do directamente, us$ 47.000.000, como máximo, con caigoa las ga– nancias del Fondo. Establecidos los recursos con que' cuenta o contará la Primera Cüenta. es necesario referirse a los priricipios aplicables a sus ope– raciories. Señalamos· en' primer lúgar, que los recursos de cadá ctienta deberán "mantenerse, utiJizarse, comprometerse, invertirse () aplicarse 'de cualquier otra manera, en forma completamente inde– pendiente de los recursos de la oti'a cuenta"28. Ahora· bien, el capital' aportado diiectamenteque se asigne a la Primera Cuenta se utilizará para acrecentar la solvencia del Fondo con respecto a ·la5 operaciones· de esa Cuenta: como capital de ex– plotación para atender necesidades de liguidez de la misma y, para proporcionar ingresos con los que sufragaran los ·gastos de tipo ad– ministrativo. Además, el Fondo col)l.'ará intereses por los préstamos que efectúe á las organizaciones internacionales de productos bási– cos asociadas a las tasas que sean compatibles con las capacidades del Fondo para obtener recursos financieros y con la necesidad de cubrir los costos de los empréstitos que tome para reunir las sumas prestadas a esas organizaciones. El Fondo pagará, además, intereses sobre todos los depósitos en efectivo y demás saldos en efectivo de las organizaciones internacio– nales de productos básicos asociadas. Para ejercer la segunda función, financiamiento de medidas en el campo de los productos básicos distintos de la constitución de re– servas, el proyecto de convenio establece una segunda cuenta o "se– gunda ventanilla", de un monto básico de us$ 350.000 millones. Este monto se forma por la suscripción del capital por parte de los miembros del Fondo que alcanza us$ 70.000.000, como míni– mo, ya que los us$ 280.000.000 restantes se constituirán mediante contribuciones voluntarias. "'En el estud::o de UNCTAD, publicado en 1976, y citado anteriormente, se con· clúfa en necesidades· financieras que alcanzaban a la suma de us$ 7.395.000.000 para los 10 productos. Por 10 tanto, la cantidad no requerida de capital de garantía y de las garantías en la hipótesis ya señalada, alcanzaría a us$ 5.290 millones de dólares. tlaCf. Art. 16, A, párrafo 3.. 92
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=