Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina

NUEVAS DIMENSIONES INSTITUClONALES DE LA INTEGRACIÓN [CONÓ)!1CA EN ••• tima, la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) .EI proceso integradonista previsto en el Tratado continúa teniendo "como objetivo a largo plazo el establecimiento, en forma gradual y progresiva, de un mercado común latinoamericano" (Art. 1) 10. La nueva Asociación' cuenta con tres órganos "políticos" y con uno "técnico". tos primeros son el Conseio de 'Ministros de Re– laciones Exteriores, la Conferencia de Evaluación y Convetgencia y el Comité de Representantes; el órgano técnico de la Asociación es la Secretaría General (Arts. 28 y 29). 'Aun cuando se trata de los mismos órganos a través de los cuales funcionó la ALALC a par– tir de 1965, según se ha visto, las diferencias entre las dos estruc– turas institucionales no radican solamente en el cambio de nom– bre de algunos de los órganos; radican también en'la composición, atribuciones y modus operandi de estos órganos. Así, el Consejo de la ALADI no estará constituido, necesariamen– te, por los Ministros de Relaciones Exteriores, cuando en mi ,Esta– do' miembro la competencia de los asuntos de integración estuvie– ra asignada a un Ministro o Secretario de Estado distinto al de Relaciones Exteriores; dicho país podrá estar representado en el Consejo, con plenos 'poderes, por el Ministro o Secretario respecti– V? (Art. 31).' El Consejo, que es "el órgano supremo de la Aso– CIación y adoptará las decisiones que correspondan a la conduc– ción política superior del proceso de integración económica", tie– ne, entre otras, las atribuciones siguientés (Art. 30): a) Dictar normas generales que tiendan al mejor cumplimiento de los' objetivos de la Asociación, así como al desarrollo armó– nico del proceso de integración:; c) Adoptar medidas' correctivas de alcance multilateral de acuerdo con las recomendaciones adoptadas por la Conferencia en los términos del articulo 3, literal a) del presente Tratado; f) Revisar y actuálizar las normas básicas que regulen los acuerdos de convergencia y cooperación con otros países en de· sarrollo y las respectivas áreas de integración económica; j) Acordar enmiendas y adiciones al Tratado en los términos del Artículo 61; tOEI texto completo del Tratado de Montevideo 1980 figura en" Integración Latinoamericana (INTAL). vol. 47 (junio 1980. pp. 4·14. 69

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