Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina

EL DERECHO Df:LA INTEGRAC¡ÓÑ LAtINOA~fER¡CAN,fFRENTE A UNA NUEVA'DÉCADA",:.: ción Subregional para la: próxima década, seguirá siendo lo relati~ vo al ordenamiento' jurídico subregional y a la incorporación de dicho ordenamiento al derecho interno de los Páíses Miembros; en especial de las Decisiones de la Comisión. El Tratado del Tribunal Andino de Justicia contiene diversas normas relativas' al ordenamiento jurídico del Acuerdo de Cartage– na 52 • Conforme al artícúlo primero, el ordenamiento' jurídico del Acuerdo comprende dicho Acuerdo, sus 'Protocolos e instrumentos adicionales, el Tratado del Tribunal, las Decisiones de la Comi· sión y las Resoluciones de la Junta. En este sentido, el artfculoen referencia es acertado, por cuanto precisa cuáles son las normas que constituyeri el ordenamiento jurídico del Acuerdo de Carta· gena. " , Sin embargó, dentro del' ordenamiento jurídico del Acuerdo nó se mencionan los diversos actos jurídicos e instrumeritos legales que adoptan los Países Miembros en su derecho interno para efec– tos de la ejecución '0 aplicación de las riormas del Acuerdo. Si bien estos actos internos se infieren como consecuencia lógica de 1á exis– tencia' misma de las normas del 'Acuerdo, hubiera sido déscaDle que el Tratado mencionara expresamente tales actos internos, que constituyen parte integrante del ordenamiento ,jurídico del Acuel·do. 'Adicionalmente, es pertinente seí'íalar que el artÍCulo primero del Tratado del Tribunal define el ordenamiento jurídico del ' Acuerdo de' Cartagena, 'pero no el ordenamiento de todo el Sistema de Integración Subregional, que es' más amplio.' ' En efecto, además de las normas del Acuerdo de Cartagen'a que son los dispositivos .fundamentales, el' ordenaniiento jurídico del Sistema también comprende los diversos convenios' constitutivos de Jos otros organismos' ya mencioríados anteriormente, tales como los convenios constitutivós de Ji Corporación Andina de Fomento, del Fondo Andino de Reservas, del Parlamento Andino, del Consejo Andino, etc.' 19ualmente,fonnan parte del ordenamiento jurídico del Sistema de Integración los diversos actos y resoluciones dictados por los órganos competentes de dichos 'organismos. ' 'En ló que respecta a la incorporación del ordenamiento jurídico del Sistema de Intégración al derecho interno de los Países Miem– bros, éste ha répresentado uno' de los grandes problemas jurídicos en la aplicación del Acuerdo de Cartagena, desde su creación hasta hi fecha 58 • Más concretamente, entre los diversos aspectos que com- MVéase el Tratado 'que creó el Tribuna] de Justicia del Acuerdo de Carta– gena, Capítulo 1, Arts. 1 al 5, ""Véase el Informe Final y Anexos de la Primera Reunión Especial de 'Ju-' ristas sobre Incorporación de Decisiones al Derecho Interno de los Países Miem– bros, Documento JUN!R-EJ/t/ Informe Final, 29 de febrero de 1980. Asimismo, véase Onego Vicuña, Francisco: "La Incorporacíón del Ordenamiento, Jurídico Subregional al Derecho Interno - Análisis de la práctica y jurisprudencia de Colombia", y "Análisis de la práctica chilena", en R-evista "Derecho de la In– tegración, ¡l'TAL ]\;Q 7 Y en "La Dimensión Jurídica de la Integración", op. cit tegración", op. cit, 53

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