Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina
EL DERECHO DE LA INTEGRACIÓN ANTE UNA NUEVA DÉ.CA9A: ANÁUSIS , .. ferencial de compras estatales o de participación en licitaciones o propuestas públicas. Estos ejemplos son meramente ilustrativos de las amplias perspectivas que ofrece el instrumento multilateral en comentario. c) Los acue1'dos de alcance pm'cial El Tratado de Montevideo 1960 hacía necesariamente multilatera– les, esto es, extensivas a todos los paises miembros, las concesiones incorporadas en el Programa de Liberación. Ello fue un obstáculo que inhibió a Jos países a negociar con interés y expectativas cier– tas de intercambio. Las profundas diferencias en las estructuras productivas de los estados socios hada temer a los países de "mer– cado insuficiente" y con mayor razón a los de "menor desarrollo económico relativo" que las ventajas otorgadas fueran aprovecha– das, en buena medida, por la Argentina, Brasil o México. La afir– mación anterior se corrobora al examinar el hecho de que sólo un 30% de las concesiones otorgadas en listas nacionales fueron apro– vechadas. En el caso de las concesiones incluidas en las denomina– das listas de ventajas no extensivas en favor de los países de menor desarrollo económico relativo el grado de aprovechamiento sólo alcanzó un 5%, La posibilidad de concertar acuerdos de alcance parcial entre los países de la Asociación Latinoamericana de Integración que con– tengan compromisos que no se extiendan necesariamente a todos los estados participantes, fue uno de los temas más importantes que se plantearon en las denominadas "negociaciones colectivas" de ALALC, En aquella oportunidad, a este tipo de entendimientos se les deno· minaba "convenios por partes o grupos de países", Ahora bien, no es menos cierto que está latente la posibilidad de que mediante es· tos entendimientos pueda volverse a la situación de la década de los años cincuenta, que ofrecía en la región un panorama generali· zado propio de un bilateralismo estéril y agotado. De allí que atri– buyamos una importancia decisiva a los mecanismos de "multilate– ralización progresiva" que deben contener estos acuerdos parciales. Es necesario armonizar entonces, de una manera muy equilibrada y precisa, la necesidad real de perfeccionar estos acuerdos con el propósito multilateral irrenunciable de una integración regional global. El economista mexicano Miguel S. Wionezek atribuye el hechb que el Tratado de Montevideo 1980 carezca de mecanismos concre– tos de convergencia de las acciones parciales, a la circunstancia de la nueva situación política y económica prevaleciente en el Cono Sur. En virtud de dicha circunstancia, se deja la armonización y la coordinación a las fuerzas del mercado 14 • "Trabajo inédito del autor, solicitado por el INTAL y que versa sobre "La evaluación del Tratado de ALADI y las perspectivas de las acciones de alcance parcial", 27
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