Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina

EL DERJf.,CHO DE LA INTEGRACiÓN ANTE UNA NIJEVÁ DEcADA: ANÁLISIS ••. 2.1. Tratado de Montevideo 1960 a) Establecimiento de una zona de libre comercio, conforme a un determinado Programa de liberación del intercambio. En su vir– tud, las Partes Contratantes debían eliminar para lo esencial del co– mercio recíproco todos los gravámenes y restricciones el 31 de di– ciembre de 1980. b) Establecimiento de mecanismos que protejan las concesiones negociadoras al amparo del Programa de Liberación del Tratado, principalmente las incluidas en Listas Nacionales y en las denomi– nadas listas de ventajas no extensivas en favor de los países de me– nor desarrollo económico relativo. Dentro de este orden de ideas se han aprobado las disposiciones que veremos al analizar los ins– trumentos contemplados en el punto siguiente de este análisis com– parativo. c) Establecimiento de normas que permitan la expansión del intercambio y la complementación económica, resultado de lo cual se establecieron los Acuerdos de Complementación por sectores in– dustriales específicos regulados por la Resolución 99 en desarrollo del artículo 15 del Tratado. d) Propósito de coordinar las políticas de desarrollo agrícola de intercambio de productos agropecuarios. (Capítulo VII del Tra– tado) . e) Realización de objetivos auxiliares al Programa de Libera– ción contenidos en el artículo 49 del Tratado. f) Orientación de políticas y realización de estudios para esta– blecer un mercado común latinoamericano en los términos progra– máticos del artículo 54 del Tratado. Dentro de la inquietud por avanzar hacia el establecimiento de un verdadero mercado comun regional, las Partes Contratantes del Tratado de Montevideo aprobaron en diciembre de 1964 la Resolu– ción 100 (IV), que contenía un Programa de complementación e integración económica. Se daban allí tanto "Directivas básicas de política económica" como un "Plan de Acción" para perfeccionar tales propósitos. La Resolución aludida constituye el instrumento más ambicioso aprobado en el área en materia de comercio exte– rior; desarrollo industrial y agropecuario; asuntos financieros y mo– netarios. Debe reconocerse que aquellos propósitos no fueron cumplidos y que en la realidad la Resolución 100 (IV) sólo constituye un con– junto de normas programáticas. 2.2. Tratado de Montevideo 1980 a) Establecer a largo plazo, en forma gradual y progresiva, un mer· cado comun latinoamericano. 19

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