Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina

NUEVAS INSTITUCIIJNES DE INfEGRACIÓN EN A~d:RjCÁ LATlNÁ / F. Orregó y ¡.lI'igoin que un del'echo' esencial ¡ dé un 'ser' humano es atacado, :cortespol1· de al derecho de gentes el tratar de reparar esa violación. .' Algunos de los· ,bienes del, hombre S011 afectados en forma de ataques al :Estado, su principal custodio, cayendo entonces bajo el imperio del derecho penal interetático. En otras oportunidades se comete la ,agresión 'al ser humano' en, su propia esencia, en sus bienes fundamentales, como el genocidio, quedando bajo el impe– rio del derecho internadonalpropiamente dicho. En el derecho interetático el . lesionado directamente' es el Estado, en los· bienes que' tiene la obligación de tutelar jurídicamente. Tal sería el caso de la protección d'e. los medios de comunicación, los atentados con– tra la seguridad del Estado, la falsificación de moneda, atentados contra la moralidad 'pública y la alteración de las buenas cos– tumbres: . El derecho internacional penal protege los bienes supremos de la humanidad, como la paz, la dignidad del ser humano, tanto 'en tiempo de 'paz como en el taso de las lochas armadas. Reconoce– mos que hayeiertas categorías de delitos que pueden ser incluidos . en ambas categorías: derecho penal' interetático y derecho inlerna– cional penal. Tál .sería el 'caso de lá esclavitud, que en realidad debiera ser' incluido en, el derecho internacional penal, pero la ra– zón de considerarlo eh otra categoría radica en el hecho de esti– mar que el derecho internacional penal en su acepción má.s· res– tringida actúa por lo general en los tiempos de .luchas armadas o ligado a ellas, en tanto que el derecho penal interetático funciona generalmente en tiempos de paz. Esta premisa no es absoluta -re– tordemos el genocidio-, pero consideramos que esta división pue– de simplificar su estudio, porque los hechos que caen dentro del derecho internacional penal, propiamente dicho,' tuvieron su ac– tual sistematización a consecuencia de la guerra. Cuando tratemos el fondo del tema que se nos ha solicitado ex– poner, esto 'es, la situación 'actual y el futuro del derecho interna– cional penal en el Sistema Interamericano, utilizaremos la expre– sión "derecho internacional penal" en su sentido amplio y al te– ner en cuenta la situación actual, se dejará de lado la considera– ción, al menos para una futura acción a emprender, lo atinente a los típicos delitos del derecho internacional penal, esto es, los crímenes contra la paz, los crímenes contra la guerra. Lós crímenes contra la humanidad que funcionan tanto en tiempo de guerra co– mo en tiempo de paz, serán considerados brevemente pues necesi– tan su normativización. V. EL DERECHO INTERNACIONAL PENAL EN EL SISTEMA INTERAMERICANO Si se tiene en cuenta la internacionalización de la vida actual y la solidaridad que debe imperar entre las naciones y más particular– mente en el seno de ·la Organización de los Estados Americanos, 150

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