Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina
EL DERECHO INTERNACIONAL PENÁL EN EL SISTEMA INTERAMERICANO •.• tar normas tendientes a preCisar el alcance dé las normas penales en el espacio: surge el derecho penal internacional cuya fuente principal es el derecho interno y excepcionalmente el tratado in– ternacional. III. EL DERECHO INTERNACIONAL INTERETÁTlCO Pero en muchas oportunidades el atacado es el Estado en su pro– pia seguridad o sus principios básicos que la sociedad ha puesto bajo su protección. Cuando el ataque es íntegramente nacional, la ley penal es la que debe funcionar; pero cuando la agresión pro– viene del exterior o tiene elementos extranacionales, hay un ele~ mento de internacionalidad que precisa una norma de superior jerarquía que la meramente interna. La circunstancia de existir normas semejantes en el resto de los Estados, impone una solida– ridad' internacional entre los sujetos de derecho de la comunidad internacional. Surge el derecho penal interetático o si se quiere interestataI o intergubernamentaI, que bebe sus principios en el derecho pena] por tratarse de ilícitos penales y en el derecho inter– nacional por su protección. La finalidad de este derecho es la pro– tección de los Estados como integrantes de la comunidad y de los intereses colectivos puestos bajo su custodia. Estos intereses son fundamentalmente los relacionados con la salud, las comunicacio– nes, la moralidad pública, etc. Pero en ciertos casos se afecta la comunidad entera y no el Estado en particular: son los ataques a la paz, bien supremo, o a los derechos fundamentales del ser hu– mano, a la personalidad humana en lo más íntimo de su dignidad. IV. EL DERECHO INTERNACIONAL PENAL Con lejanos antecedentes en Hugo Grocio y los canonistas españo– les y en el Preámbulo de la IV Convención de La Haya del año 1907, el origen próximo del derecho internacional penal se remonta al intento fallido de las potencias aliadas para juzgar al ex Kaiser de Alemania Dor sus crímenes contra la santidad de los tratados. Fue necesaria ~tra conflagración mundial para que se creara un tribu– nal internacional para juzgar a los autores de los típicos delitos comprendidos en el derecho internacional penal: delitos contra la humanidad, delitos contra la paz y crímenes de guerra. Lamenta– blemente, los intentos de las Naciones Unidas para establecer un tribunal internacional para juzgar estos delitos no han tenido an– damiento. Ha surgido entonces el derecho internacional penal, correspon– diendo que se examine cuál es su contenido de esta rama del de– recho. Existe actualmente consenso acerca de considerar al hombre como el fin último del derecho y el principal destinatario de sus normas. El Derecho 11).ternacÍonal tiene el deber de protegerlo, no en su estricta individualidad, sino en su universalidad. Cada vez 149
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