Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina:

Los COMPLEJOS DE OBRAS PÚBLICAS BINACIONALES •.• I F. On'ego y J. lrigoin ciertos casos con precisiones que avanzan sobre su condición de suje– tos de derecho, bajo el rótulo de "personas jurídicas formadas con– juntamente por Estados", como lo hace por ejemplo el proyecto del Comité Jurídico Interamericano para la CIDIP-lI (Segunda Confe– rencia Especializada Interamericana de Derecho Internacional Pri– vado). (Véase documento' cIDlP-n/18, del 26 de marzo de 1979). Corresponse adarar gue si bien se han publicado varios estudios doctrinarios de gran valor que tocan el tema en examen -algunos de los cuales serán citados en este trabajo-, ellos son en su mayo· ría de Derecho Internacional Público y de Derecho Comunitario. no existiendo todavía una concepción teórica general de Derecho Internacional Privado en la materia, especialmente con referencia a las obras públicas comunes a varios Estados de la región. Por es– ta razón, el presente estudio se propone "':'básicamente- identificar ciertos aspectos comunes, desde el campo de las relaciones jurídicas privadas de las que son sujeto estas diferentes entidades intern"cio– nales, sin pretender sentar una doctrina uriiversal. Sin embargo, en ciertos casos se impondrá un enfoque de carác– ter interdisciplinario, especialmente con relación a la naturaleza y estructura jurídica de las entidades de obras públicas internacion;¡– les, desde que a partir de ciertos rasgos propios de la personalidad jurídica de Dereüho Internacional Público, se derivan c"oacidades y poderes normativos que inciden en la problemática de Derecho In– ternacional Privado. Asimismo, el estudio se referirá exclusivamente a obras de infra– estructura física. erigidas con finalidad de integración y no de me– ra cooperación (véase esta distinción en CARREAU Dominique y FLO– RY Thiébaut; Droit International Economique, Paris, 1980, p. 38'), quedando fuera aquellas modalidades de funcionamiento coordina– do de servicios públicos, que no se apoyan en una obra de infraes– tructura permanente o que, en todo caso,. l'ueden dar motivo a pro– blemas jurídicos propios (véase SARAVIA Enrique J., en Derecho de la Integración - Revista Jurídica Latinoamericana, pp. 25-26. Las empresas públicas binacionales de energía eléctrica en América La– tina. Aspectos Jurídicos y Administrativos, pp. 39-52) . Lo indicado justifica que dentro de la muy variada gradación de esta categoría, fijemos particularmente nuestro examen en tres en– tidades hidroeléctricas de la región (SALTO GRANDE, ITAIPÚ Y YA– CYRETÁ), por· considerarlas representativas de proyectos multinacio– nales regionales de tipo funcional. entendiendo por éstos aquellos que de acuerdo con la corriente funcionalista, tienen, por su pro– pia naturaleza técnica, la ventaja de establecer por sí mismos el al· canee jurisdiccional y los medios necesarios para la realización de los objetivos propuestos (véase en op. cit. de SARAVIA, Nota 3. re– ferente a la obra de KAPLÁN Marcos, Corporaciones Públicas Multi– nacionales para el Desarrollo y la Integración de la América Lati· na. Fondo de Cultura Económica, México, 1972). 44

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