Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina:

tos COMPLEJOS D~ OBRAS PÚBLICAS BINAcIÓNAU:S ..• ¡ F. Orrega y J. lrigoin medios conducentes al desarrollo de una interdependencia regional de signo cooperativo y solidario. Puede afirmarse entonces que la multiplicidad de medios en las relaciones de integración y cooperación regional, puede ser funcio– nalal surgimiento de un sistema de interdependencia cooperativa, en la medida que se desarrolle una visión de conjunto, que puede responder tanto a factores regionales como a extrarregionales (de– safíos externos) y que es la que, en definitiva, permitirá darle co– herencia histórica a la suma de esfuerzos parciales. Proyectos conjuntos: la experiencia jurídica-institucional latinoamericana Cuando en 1969 UNITAR reunió a un grupo de juristas en Quito a fin de examinar el tema de las empresas y proyectos multinaciona– les, se habló mucho de casos extrarregionales y de lo que debían ser las fórmulas jurídicas más apropiadas. En la región ya se valora– ban los. proyectos conjuntos. Pero eran muy pocos los que se ha– bían concretado o se conocían. En 1980 al retomarse el tema en esta reunión de Viña del Mar, algo fundamental ha cambiado en la materia: ahora hay experien– cia regional y se la conoce. No es sólo en esta materia que la región ha adquirido tecnolo– gía jurídica-institucional propia. Quizás sean mayores las noveda– des del derecho económico internacional de la última década, que los esfuerzos de los juristas por conocerlas, analizarlas y divulgar– las. Citemos a título de ejemplo, casi como contribución a una agenda de investigación y difusión sobre recientes aportes latino– americanos al acervo jurídico internacional: a) el régimen común de inversiones extranjeras del Grupo Andino, original más por lo que significa de esfuerzo legislativo común de varios Estados, que por su contenido, ya que prácticamente todos los elementos que componen la Decisión 24 (y sus actualizaciones) reconocen prece– dentes en las legislaciones de los países industrializados; b) el tra– tamiento especial para países de menor desarrollo económico rela– tivo de la ALALC, ahora de la ALADI, y el propio Grupo Andino; c) el mecanismo de los Comités de Acción del SELA, tanto en su utili– zación efectiva como en su potencial; d) el régimen del "frente ma– rítimo" entre la Argentina y el Uruguay; e) el mecanismo de los acuerdos de alcance parcial de la nueva ALADI; f) la programación sectorial del Acuerdo de Cartagena. Lo cierto es que, cada vez más, el negociador de compromisos ju– rídicos latinoamericanos actúa con independencia de fórmulas y precedentes de origen extrazonal y aprovecha la experiencia regio– nal. Se ha producido un efecto de aprendizaje tras veinte años de marchas y contramarchas en la integración y la cooperación regio– nal. Ello es notorio en la elaboración de instrumentos jurídicos 20

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