Comunidad del pacífico en perspectiva - Volumen 2
LA COMUNIDAD DEL PAciFIOO EN PERSPECTIVA I F. Orrega Vicuíia jurídica de Derecho Internacional, y fue establecida mediante un Convenio de fecha 18 de agosto de 1952, suscrito y aprobado por los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú. La finalidad de esta organización es velar por el cumplimiento de los fines señalados en la llamada Declaración de Santiago O Declara· ción sobre Zona Marítima, de 18 de agosto de 1952, en la que los gobiernos de Chile, Ecuador y Perú proclamaron "como norma de su política internacional marítima, la soberanía y jurisdicción exclu– sivas que a cada uno de ellos corresponde sobre el mar que baña las costas de sus respectivos paises, hasta una distancia mínima de 200 millas marinas desde las referidas costas". "La soberanía y jurisdicción exclusivas sobre la zona marítima in– dicada, incluye también la soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el suelo y subsuelo que a ella corresponde...". Como lo establece el convenio sobre Organización de la Comisión Permanente de la Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur, de fecha 18 de agosto de de 1952, la Comisión Permanente efectuará los estudios y tomará las resoluciones para la conservación y mejor aprovechamiento de la fauna y demás riquezas marítimas, tomando en cuenta los intereses de los respectivos países, y uniformará las normas sobre caza maríti– ma y pesca de especies comunes en los países respectivos, para la con– servación de las riquezas marítimas. Será de su competencia: Fijar especies protegidas, temporadas y zonas marítimas abiertas o cerradas, tiempo, métodos, medidas de pesca y caza, aparejos y métodos prohibidos; y, en general, reglamentar las faenas de caza y pesca; Estudiar y proponer a las partes las medidas que estime adecua· das para la protección, defensa, conservación y aprovechamiento de las riquezas marinas; - Promover estudios e investigaciones de orden científico y técnico sobre los fenómenos biológicos que ocurren en el Pacífico Sur; Formar la estadística general de la explotación industrial que las partes haga de las riquezas marinas y sugerir las medidas de pro· tección que el estudio de dicha estadística revele; 152
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