Los fondos marinos y oceánicos: jurisdicción nacional y régimen internacional

que se ha emprendido. Sólo que de no lograrse el éxito que se espera de tal ensayo, no debiera renunciarse a la idea de procu– rar y formalizar los consensos en aquellas materias que lo per– mitan. Marzo, 1974. F. V. GARCIA-AMADOR Director, Departamento de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de la OEA. 29

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