Los fondos marinos y oceánicos: jurisdicción nacional y régimen internacional
la plataforma continental comienza a fusionarse con las profundidades oceánicas" (36). También este otro pasaje se ha prestado a diferentes inter– pretaciones (37), pero todo parece indicar que nuevamente su al– cance no estaba relacionado con la determinación de un criterio general. En esa parte del fallo la Corte estaba preocupada de dis– tinguir la adyacencia de la proximidad, minimizando esta últi– ma para destacar el criterio de la prolongación natural del te– rritorio (38), en torno al cual construía todo su razonamiento. ASÍ, por ejemplo, un punto situado a más de cien millas de la costa puede siempre ser adyacente si acaso está ubicado en una parte de la plataforma que constituye una prolongación natural del territorio, como ocurre por 10 demás en el propio caso del Mar del Norte. Lo anterior ha permitido concluir que nada hay en este fa– llo que permita sostener que, en otras circunstancias geográfi– cas, el límite exterior de la jurisdicción sobre la plataforma deba coincidir con el límite de la prolongación natural del territorio terrestre; y que tampoco el criterio de la adyacencia queda limi– tado por la distancia de 100 millas o menos (39). El significado del fallo de la Corte se restringe exclusivamente a la realidad geográfica que tuvo por objetivo regular. 2.2. Los casos sobre la jurisdicción en materia de pesquerías Según se expuso en el Capítulo IV, el 15 de febrero de 1972, el Althing islandés aprobó una Resolución extendiendo la jurisdicción pesquera de su país a 50 millas, distancia que coin– cide con la anchura de la plataforma continental de Islandia. Co– mo consecuencia de esta medida, el gobierno de Islandia proce– dió a denunciar los acuerdos pesqueros que tenía con Gran Bre– taña y la República Federal de Alemania. Ambos países recurrie– ron entonces a la Corte Internacional de Justicia, solicitando que declarara la invalidez de la Resolución de Islandia por no tener fundamentos en el Derecho Internacional. Si bien el fallo de la Corte se concentró principalmente en el problema de la jurisdicción sobre las pesquerías, en diversas fases del procedimiento hubo referencias al caso de la platafor- (36) Párrafo 41 del fallo. lnternational Legal Materials. cit. Nota 30 supra. p. 363. (37) Véase L.F.E. Goldie: "A lexicographical Controversy - The word 'adja– cent' in Article 1 of the Continental Shelf Convention". American Jour– nal o/ lnternational Law. Vol. 66. NQ 5. Octubre de 1972. pp. 829 et seq. (38) Brown. op. cit. Nota 33 supra. pp. 34-35. (39) Ibid. p. 35. Véase también Goldie. loe. cit. Nota 37 supra. p. 832. 288
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