Los fondos marinos y oceánicos: jurisdicción nacional y régimen internacional

Un primer hecho que es indispensable destacar es que, de– bido a las enormes concentraciones de nódulos existentes en el fondo del mar, la demanda de manganeso, cobalto y níquel puede ser satisfecha mediante la explotación de un porcentaje mínimo de los fondos marinos. Tan sólo en el caso del cobre se requiere de una superficie mayor, pero con todo, ni siquiera alcanza a un décimo de un uno por ciento. En el cuadro de la pá– gina 212 se indican las toneladas anuales de nódulos que sería necesario extraer para equiparar la producción terrestre de 1968; qué superficie del fondo del mar debe ser explotada para ese fin, y cuál es el porcentaje de esa superficie en relación a la superficie total de los fondos marinos (92). Un segundo punto de interés es que como los nódulos contienen diversos metales, si se desarrolla la explotación para obtener uno de ellos, se generará simultáneamente una fuente de suministro respecto de los otros, cuya incidencia en la de– manda mundial puede ser apreciable. Así, por ejemplo, si la explotación de los nódulos pretendiera lograr una producción de cobre equivalente al 9,8% de la producción terrestre, al mismo tiempo se obtendría una producción de manganeso, nÍ– quel y cobalto superior al 100% de la producción terrestre y en algunos casos más alta, lo que determinaría una seria alte– ración del mercado de estos otros metales. El siguiente cuadro demuestra esta relación (93): (92) Doc. A/AC. 138/36. cit. p. 55. (98) Ibid., p.' 57. 213

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