Los fondos marinos y oceánicos: jurisdicción nacional y régimen internacional
Otro ángulo interesante del caso de los Estados Unidos es la presión ejercida por los respectivos Estados de la Unión para la ampliación de su jurisdicción marítima. En adición a los ca– sos resueltos judicialmente que se examinaron en el Capítulo H, como los de California, Texas, Louisiana, Florida y Alabama, debe mencionarse que Alaska, Nueva York, Maine y Virginia han dictado legislaciones que extienden sus límites marítimos al área submarina y las aguas suprayacentes, "en la medida en que los Estados Unidos de América reclamen jurisdicción, o en la medida reconocida por los usos y costumbres del derecho inter– nacional o por tratado..." (63). En estos casos se trata de una extensión potencial, condicionada a lo que disponga la Federa– ción, el Derecho Internacional o un tratado. Otros Estados han ido más lejos: el propio Maine reclama jurisdicción hasta 100 millas de la costa, basado en Cartas británicas de 1640 (64); y Massachusetts ha dictado una legislación que prevé una zona para la mantención, preservación y protección pesquera hasta "la distancia de 200 millas o hasta el punto en que la profun– didad de las aguas alcance a 100 brazas, cualquiera sea ma– yor" (65); las violaciones son fuertemente sancionadas por esta ley. La misma tendencia se ha hecho presente en el Congreso de los Estados Unidos. Tres proyectos de ley presentados en enero de 1973, prevén el establecimiento de una zona pesquera de 200 millas (66). La práctica norteamericana también se ha visto incremen– tada por los trabajos de la Comisión sobre Recursos MarllJos a que se aludió, las Declaraciones presidenciales, proyectos de tra– tado introducidos en el Congreso y otras definiciones de política, que no siempre coinciden con los criterios examinados. Pero, por estar estas otras manifestaciones íntimamente vinculadas a los trabajos de las Naciones Unidas, serán examinadas en los ca– pítulos siguientes. Otras legislaciones nacionales. El examen de otras legislaciones nacionales de los Estados partes en la Convención de Ginebra revela un panorama igualmente variado. La Declaración del Go- (63) Arthur H. Dcan: "The Law of Ihe Sea Conference, 1958·60 and ils af· tcrmath", En Lewis M. Alexander (ed.): The Law 01 the Sea. Ojfsho, re Boundaries and zones. Ohio State University Press. 1967. p. 257. Véa– se también Cap. n. Nota 7 supra. (64) Elliott Treby: "Jurisdictional Conflicts over offshore Oí! and gas", School of Advanced International Studics, Johns Hopkins University. Review Fal!. 1972. p. 22. (65) Commonwealth oi Massachusctts. Acts 1971. Chapo 1.104. pp. 1.128-1.129. 16 de noviembre de 1971- (66) Véase los proyectos presentados con fecha 3 y 9 de enero de 1973. 93d Congress. 1st. session. H. R. 200, H. R. 722 Y H. R. 1.576. 142
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=