Antecedentes, balance y perspectivas del sistema interamericano

ANTECEDENTES, BAL.-\NCE y PERSPECTIVAS DEL SISTEMA INTERAMERICANO reformada obedeció a la existencia de controversias internaciona· les, no resueltas, según algunos Estados 41 • Las normas resultantes permiten al Consejo intervenir, ya sea por acuerdo de las Partes o a solicitud de una de ellas. 'Si el acceso al Consejo se realiza por acuerdo entre las Partes (no es obligatorio el hacerlo) para obtener sus buenos ofzcios, el Con– sejo sólo tiene la facultad de asistirlas y recomendar los proce– dimientos que considere adecuados para el arreglo pacífico de la controversia. La Comisión Interamericana de Soluciones ¡Pacíficas, órgano sub· sidiario, creado en la reforma de 1967, sólo podrá conocer del asunto, si las partes acuerdan que el Consejo traslade el caso a sus manos. Las facultades de la Comisión, actuando en virtud del acuerdo de las partes, se limitan a "averiguar 10'S hechos relacio– nados con la controversia", "inclusive en el territorio de cual· quiera de las ,Partes, previo consentimiento del Gobierno res· pectivo" (Art. 85). Otro método que pudiera utilizar el Consejo, a cambio de la Comisión, también requiere del consentimiento previo de las \Partes. Si el recurso entre el Consejo se inicia por la vía individual, éste sólo procede cuando no hay otro procedimiento de solución pacífica pendiente. En este caso, el ¡Consejo debe trasladar nece– sariamente la solicitud a la Comisión Interamericana, quien debe examinar si la solicitud está dentro de su competencia y, si lo estima pertinente, ofrecer sus buenos ofidos a la otra Parte. Esto s~gnifica que la Comisión se limita a poner en contacto dI– recto a las Partes. Si éstas aceptan los buenos oficios, la Comisión puede asistir a las Partes y recomendar los procedimientos que considere ade– cuados para el arreglo pacífico: no' entra a pronunciarse sobre el fondo. La Comisión puede averiguar los hechos relacionados con la contmversia, pero si desea trasladarse al territorio de cual– quiera de las Partes, debe contar con el consentimiento del Go– bierno respectivo ~Art. 86, inc. 39). Changing Inter-American System", International Organization, 1968, spring. p. 485. .... Controversia territorial entre Ecuador y Perú. y sobre la utilización de las aguas del río Lauea, entre Bolivia y Chile. 168

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