Antecedentes, balance y perspectivas del sistema interamericano
ANrECEDE¡.;rES, BALANCE y PERSPECTIVAS DEL SISTE:\1A INTERA:\IERlCANO .La 'Originalidad de esta convención es de que establece esbozos de sanción internacional, como la influencia de la opinión pública y otras medidas que no determina, pero que subordina al Derecho Intel1I1acional. Sin embargo, esto no da origen a un sistema de se– guridad colectiva, más aun cuando los otr.o,s Estados Partes no pier– den su calidad de neutrales frente a una controversia. IRespecto de la investigación, este Tratado la desvincula de la con– ciliación, procedimiento que concluye en un informe con bases de arreglo "mediante una solución justa y equitativa", sin constitmr sentencia, ni en cuanto a los hechos, ni en cuanto al derechoS. - El Tratado sobre Prevención de !Controversias, de 1936, pro· pone la creación de Comisiones Mixtas Permanentes encargadas de eliminar las causas de las controversias futuras entre los Estados Par– tes. Su importancia radica en que estahkce un sibtema de consulta diplomática permanente, haciéndolo un Tratado avanzado jurídica– mente, aunque no se adoptara la fórmula de la negociación for– mal. No establece un procedimiento de concüíación por anticipación, dado que no existe un elemento neutral en cada Comisión 'Mixta. - La Convención para coordinar, ampliar y asegurar el cumpli– miento de l'Üs Tratado's existentes entre los IEstados Americanos, de 1936, consolida sin necesidad jurídica l,o.s convenios ya existentes. Se basa en el Tratado de Proscripción de la !Guerra de París (1 q28) sobre condena al uso de la fuerza para la solución de las controver– sias internacionales y renuncia a ella como instrumento de política nacional en sus relaciones mutuas. El Trámite de la consulta es reforzado mediaJnte este Tratado, ca– da vez que ya se había establecido en la Convención sobre d Man– tenimiento, Afianzamiento y Restablecimiento de la 'Paz, de 1936. Como un procedimiento de solución de controversias, la consulta se dispone como una deliberación sobre todo asunto que afecte a la paz del continente, así como para cooperar o facilitar el cumpli– miento de las obligaciones existentes sobre solución pacífica, me– diante el ofrecimiento de los buenos :oficios y de la mediación. ,Al mismo tiempo, se combina la neutralidad de cada Estado con la adopción de medidas, de acuerdo a la legislación internacional e • Es el único Tratado americanD, del que llegan a ser partes potencias extra· continentale$: Bulgaria, Checoeslovaquia, Esp,ña, Finlandia, Portugal, Rumania y Yugoeslavia. 154
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