Antecedentes, balance y perspectivas del sistema interamericano

TEXTO DEL TRATADO DE 1947 Art(culo 10 Ninguna de las estipulaciones de este Tratado se interpretará en el sentido de menoscabar los derechos y obligaciones de las Altas Partes Contratantes, de acuerdo con la Carta de las Na– ciones Unidas. Articulo 11 Las consultas a que se refiere el presente Tratado, se realiza– rán por medio de la Reunión de Ministros de Relaciones Ex- TEXTO DEL PROTOCOLO DE REFORMAS DE 1975 establecidas en el acuerdo respectivo o toda prolongación de su presencia en dicho territorio después de terminado el acuerdo. f) La acción de un Estado que permite que su territorio, que ha puesto a disposición de otro Estado, sea utilizado por ese otro Estado para perpetrar un acto de agresión contra un tercer Estado; g) El envío por un Estado, o en su nombre, de bandas armadas, grupos irregulares o mercenarios que lleven a cabo actos de fuerza armada con,tra otro Estado, de tal gravedad que sean equiparables a los actos antes enumerados, o su sustancial participación en dichos actos. 3. El Organo de Consulta podrá determinar qué otros ca– sos concretos sometidos a su consideración, equiparables por su naturaleza y gravedad a los contemplados en este artículo, constituyen agresión, con arreglo a las disposiciones de los ins– trumen,tos anteriormente mencionados. (Artículos 10 a 16 del texto de 1947 sin modificaciones, pero renumeradas de acuerdo al Artículo III infra) •

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=