Desarrollo de la Antártica

Daniel Torres N. I EXPLOTAGIÓ¡'¡ y CONSERVACIÓN DE MAMÍFEROS ••• 1970 Y 1973, se cazaron 1.974 animales, de los cuales 1.003 oorres– pondieron a foca de Weddell y 918 a foca cangrejera. En conjunto, foca call60Tejera Y de Weddell para 1964-69, significaron más del 90% y para 1970-73 significaron el 97% de la captura total. Las cantidades de pinípedos removidos son bastante bajas si se oonsidera que se lha estimado una captura anual permisible de 175.000 focas cangrejeras y 5.000 focas de Weddell, cuotas que hasta el mo– mento no se han utilizado, no por falta de interés por parte de al– gunas naciones, sino que según el Grupo de Biología de Focas, en la XIV Reunión del SCAR (Mendoza, Rep. Argentina, octubre 1976) informó que aún no entre en vigencia la Convención !>obre Caza .Pelágica de Focas, pese a lo cual ya se encuentra en preparación el Manual de Procedimientos solicitado al SCAR por los países signata– rios de esta ConvenciÓn 3 • c. La explotación futura Dentro de un futuro próximo, la caza de focas antárticas se ve co– mo un hecho inminente. Para ese entonces, se espera poder contar con planes de manejo adecuados y avalados por sólidos antecedentes científicos, que permitirán un beneficio sostenido a 1'0 largo del tiempo, sin que ello signifique un daño a las poblaciones sometidas a manejo. Según lo establecido en la Convención para la Conservación de las Focas Antárticas, firmada en Londres en 1972, se han señalado las cifras de la captura permisible de sólo tres especies: Foca cangrejera (Lobodon carcinophagus) Foca leopardo (Hydrurga leptonyx) Foca de WeddelI (Leptonychotes weddelli) 175.000 anual 1\2 .000 anual 5.000 anual Estas cifras están sujetas a revisión, de acuerdo con los anteceden– tes que los trabajos científicos vayan aportando. La futur.a cacería de focas se realizará por zonas, tomando para ello las zonas establecidas para la caza de cetáceos: Zona 1: entre los 600 y 120° Longitud Oeste. Zona 2: entre 0° y los 60° Longitud Oeste, junto con la parte del • Hasta el momento, las siguientes naciones han ratificado la Convención so· bre la Caza Pelágica de Focas: Estados Unidos de Norteamérica, Francia, Gran Bretaña, Noruega y Sudáfrica. Sin embargo, se sabe que otras naciones, dentro de breve tiempo más, también ratificarán esta Conyención. 193

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=