Panorama de la política mundial

PANORAMA DE LA POrlTICA MUNDIAL plementación O de entendimientos industriales. Aquellas experien– das deben "globalizarse" haciéndolas extensivas a los organismos 'de cúpula' y para abordar las definiciones generales que vaya plantean– do el proceso. ORIGINALIDAO ESPIElCIFICA DEL ACUERDO DE CARTAGENA Consi·derando la experiencia in tegracionista latinoamericana, no es posible encontrar en fechas anteriores al Acuerdo de Gartagena (ma– yo 1969) un esquema multilateral de vertebracÍón económica que ofrezca las caracterí'sticas del lPacllo, Andino. La afirmación anterior es válida tanto en lo que dice relación a los propósitos, como a los instrumentos e instítuciones que configuran la Subregión y se de– muestran al observar los siguientes elementos: un programa de liberación que comprende el univ.erso arancela– rio; que IPor regla se desarrolla en forma automática y no selec– tiva; que elimina en una fecha fija ,todas las restricciones al in– tercambio; que combIna la mera desgravación arancelaria con la utilización de importantes instrumentos de programación indus– trial y que establece ¡h,erramientas auxiliares y complementarias del mismo; in"trumentos de programación conjunta, cuyos prop6sitos y mo– daHdades se sefíalan desde ya claramente como, en el caso de los ¡Programas Sectoriales de Desarrollo Industrial (artículos 32 a 35); o bien se insinúan debiendo estructurarse posteriormente co– mo' es el caso de los Programas de Racionalización de [ndustria~ ya existentes (artículos 36 y 37); de los ¡P,rogramas Conjuntos de Desarrollo Agropecuario (artículo 70); de los Proyectos Multila– terales de ¡}Integración Física (artículos 86 a 88) ; nOrtnas sobre arancel externo común, contenidas en el Capítulo VJ, con plallos fijos par.a su adopción y su desarrollo en dos eta– pas claramente diferenciadas y que proyectan la Subregi6n c()mo un esquema con márgenes de preferencia claros y estables; obligación de adoptar textos legales comunes en fechas determi– nad~s, relativos a materias de tanta trascendencia poHtico-econó– mica como ser las pertinentes a un régimen común sobre trata– miento a los capitales extranjero", y marcas, patentes, licencias y regalías y a un régimen uniforme al que deberán sujetarse las em,presas multinacionales de interés andino (artículos 27 y 28); obligación de aproba1", directivas de armonización, en fechas de– tert?inadas, en 10 'que respecta a las legislaciones sobre fomento

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