Panorama de la política mundial
Raymundo Barros Ch. í LA INTEGRACIÓN LATlNOA~fERtCANA: VIGENCIA Y••• aquel convenio, las Partes Contratantes procederán a examinar los result''1dos obtenidos en virtud de su aplicación y a iniciar "las ne– gociaciones colectivas necesarias para la mejor consecución de 10s ob– jetivos del Tratado y, si fuere oportuno, para ad'aptarlo a una nue– va etapa de integración económica". Como se ha dado el presupuesto mencionado en el precepto, ALALC se encuentra precisame.nte en aquella compleja tarea. El Protocolo de Caracas señala en su artículo 2Q que el Comité Ejecu– tivo Permanente realizará antes del 31 de diciembre de 1973 los es– tudios previstos en el artículo 54 del Tratado, que se refieren a los esfuerzos tendientes a la creación de condiciones favorables al esta– blecimiento de un mercado común latinoamericano. A la luz de las conclusiones obtenidas de esos estudios y del examen de 10'5 resulta– dos de la aplicación del Tratado, las Partes Contratantes iniciaron en 1974 las negociaciones colectivas. Sucesivas Resoluciones de la Conferencia de ALALC han determinado los temas y las modalidades que tendrán las reuniones que constituyen aquellas negociaciones. En cumplimiento de la Resolución 328 (XIII) se celebraron a partir de 1974 tres reuniones de negociaciones y de algunos grupos de tra– bajo complementados. Estas no provocaron acuerdos sustantivos. En cumplimiento de la Resolución 339 (XlV) las deliberaciones de los países miembros se centraron, bélsicamente, en los siguientes puntos: :programa de liberación, tratamientos diferenciales, apertura de mer– cados en favor de los países de menor desarroHo económico relativo y acuerdos de cooperación económica por pares y grupos de países. En la Agenda dd Decimoquinto Período de Sesiones Ordinaria~ de la Conferencia, se examinaron los resultados de las actuaciones hechas a la luz de las !Resoluciones anteriores, sin llegar a acuerdos sustantivos ni tampoco obtener consenso respecto a la oportunidad procesal de proseguir las negociaci'Ones. Dado el carácter global de éstas, todos los acuerdos parciales que se logren tendrán carácter pre– liminar y no compromisorio, quedando sujetos a aprobación defini· tiva al término de las negociaciones. En el Programa anual de trabajo -del Comité para 1977 continúan pendientes 105 temas más vitales de las negociaciones colectivas como lo señala la reciente Resolución, 360 (XVI)_ lEn el marco de las negociaciones colectivas señaladas, las Partes Contratantes del Trabajo de Montevideo deberán definir la suerte de los siguientes instrumentos de ALALC: Programa de liberación, tanto en 10 concerniente a la lista co– mún como a las listas nacionales;
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