Nuevas perspectivas de la integración latinoamericana: volumen 4
EL MOMENTO ACTUAL DE LA COOPERACIÓN E INTEGRACIÓN... / R. BalTos Charlin condena el dumping y otras prácticas desleales del comercio inter– nacional, y los declaran incompatibles con los principios y objet~vos del Tratado de Montevideo. Lamentablemente, la resolución aludi– da es sumamente general y se refiere al dumping sin expresar en qué consiste o qué debe entenderse por tal, y con respecto a las prác– ticas desleales, se refiere muy generalmente a los problemas relacio– nados con los márgenes de preferencia y a la distorsión de las con– diciones normales de competencia entre los empresarios de la zona, todo ello desde el punto de vista de los mecanismos de precios. El artículo 59 de la resolución facuIta a cualquiera de las partes contratantes que considere que ha sido lesionada por alguno de los procedimientos indicados, a solicitarle al Comité Ejecutivo Perma– nente que examine la causa, califique los antecedentes y tome algu– nas medidas 4 • Es particularmente interesante observar que la resolución N9 65 no se ha utilizado jamás en cuanto al procedimiento que acabamos de señalar. Esto es una demostración de que las normas reglamenta– rias del Tratado de Montevideo y puestas en vigencia por la ALALC, están diametralmente disociadas de la realidad 5 , por cuanto las me– didas restrictivas que hemos señalado existen, sin lugar a duda, y se están aplicando todos los días dentro del marco regional, y los preceptos contenidos en la resolución N9 65 ni siquiera han definido correctamente las restricciones al comercio, y, lo que es más grave, demuestra que los países no tienen mayor interés en poner término a ese mecanismo que entraba el comercio, ya que no solamente han dejado de utilizar el procedimiento establecido por ALALC, sino que ni siquiera han intentado solucionar este gran problema por otros medios. • En el Acuendo de Cartagena se dictó la Decisión NQ 45, que contiene normas para prevenir o corregir las prácticas que puedan distorsionar la competencia dentro de la Subregión. La Decisión NQ 45, a nuestro juicio; es poco clara, por cuanto no hay una caracterización de la práctica distorsionante. 6 Carlos Garda Martínez: "La Crisis del Monismo Integrador". Síntesis ALALC. Noviembre/diciembre de 1976, citada por Carlos Ons Indart, en Op. cit., nota 5: Cuando las naciones todas, en todo momento y en todos los aspectos, alteran con sus prácticas las resoluciones que sancionaron, hay que aceptar que no es la realitdad la que está en falta, la que carece de razón, sino que son las dispo– siciones normativas las que carecen de realismo, las que no se pueden aplicar sin graves daños a los intereses nacionales de los Estados. 78
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