Estudios sobre la reestructuración de ALALC
ESTUDIOS SOBRE LA REESTRUCTURACiÓN DE ALALC mos específicos que podrían asegurar el cumplimiento de estos objetivos. Sin lugar a dudas, el común denominador de todos estos puntos de vista radica en la preocupación de evitar lo que se ha llamado la "bal– canización" del proceso de integración 26 • En este sentido, no se rechaza la flexibilidad, ni tampoco el desarrollo de nuevas y más am– plias concepciones de la integración económica, sino simplemente se procura que ello se haga de tal manera de no afectar la esencia multila– teral del sistema y la preservación de un interés regional sólido. Este muy legítímo punto de vista estará también presente en la reestructuración de ALALCy deberá ser tomado en cuenta debidamente. Sin embargo, también debe cuidarse de que esta tendencia no se tra– duzca directa o indirectamente en un impedimento de la flexibilidad que se necesita incorporar, pues en tal caso sería la propia ALALC la afectada, al continuar desadaptada respecto dt las necesidades que deben atenderse. 5. HACIA UNA REESTRUCTURACIÓ~ EQUILIBRADA En función de lo que se ha expuesto anteriormente, puede apreciarse que los términos del problema planteado son los siguientes. Por una parte, es necesario introducir elementos de flexibilidad en la estruc– tura de ALALC que permitan su adecuación a las realidades en que las Partes Contratantes desean operar, pero sin que ello se traduzca en un regreso al bilateralismo ni en una balcanización del proceso de inte– gración. Por otra parte, es necesario preservar un sistema multilateral básico, pero que no sea un obstáculo al logro del objetivo anterior. El encuentro de est~ punto de equilibrio es la clave para el éxito de la reestructuración, pues él es el que permitiría satisfacer las dos co– rrientes centrales de pensamiento que se han examinado sobre este particular. Las ideas que se exponen a continuación procuran identi– ficar este punto de equilibrio. El primer requisito es quizás la necesidad de identificar con pre– cisión que se desea incluir en el concepto de acciones parciales de integración. A la luz de lo que se expuso anteriormente, se trata de un concepto más amplio que el referente a aquellas acciones hoy permitidas bajo la estructura jurídica de ALALC, como acuerdos de complementación, acuerdos subregionales, tráfico fronterizo y otras formas, incluyendo algunas que a pesar de no estar explícitamente mencionadas son por su naturaleza compatibles con el Tratado. Tam– bién es un concepto más amplio que lo que se ha conocido como conve- Z6Luciano Tomassini: "Elementos para un estudio de los procesos de integración y otras formas de cooperación en América Latina". lntel!ración Latinoamericana. ","o 12, abril de 1977, pp. 22-42. Especialmente pp. 39-41.
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