Estudios sobre la reestructuración de ALALC
Gonzalo Valdés Budge / MUl.TILATERALlDAD y NO DISCRIMINACIÓN EN LA INTEGRACIÓN da Kennedy, al reemplazar el sistema de negociación ítem por Ítem por una reducción porcentual de todo el universo arancelario (esta es la regla general: la no desgravación opera por la vía de listas de excepcio– nes). El análisis que se ha venido haciendo en este trabajo sirve de apoyo a esta proposición. Los conceptos de creación y desviación de comercio demuestran que existe una considerable diferencia práctica entre un acuerdo para reducir todos los aranceles en un 50% y otro para reducir aranceles en un 50% del universo arancelario. En el primer caso, la nego– ciación ítem por item queda excluida y, por lo tanto, las rebajas arance– larias que implican creación de comercio se dan conjuntamente con aquellas resultantes en desviación de comercio, sin que sea posible sepa– rarlas. Si esta rebaja inicial es de poca significación (10% o 200/0 del arancel vigente), se facilita además la obtención de un consenso entre países que ven de manera distinta los beneficios de la integración. Por el contrario, las desventajas de una negociación ítem por item son evidentes y ya han sido mencionadas. L,as presiones y disensiones respecto de una concesión se multiplican dentro de cada país y entre ellos y el proceso tiende a estancarse una vez que las concesiones "fáci– les" que importan desviación de comercio, se han otorgado. En lo que respecta al tratamiento especial a los países de menor desarrollo relativo, la propuesta podría contemplar, ya sea un margen mayor de preferencia zonal en su favor o una exención para estos países de la obligación de otorgar preferencia a los otros países de la zona (es decir, no invocar reciprocidad en la preferencia zonal que los demás países les otorgan) o una combinación de ambas. En todo caso, es claro que estas medidas parciales deben ir acompañadas de otras más posi– tívas que escapan al ámbito arancelario. Para terminar con lo relativo al marco multilateral en la determina– ción de las condiciones del intercambio regional, habría que reiterar que también tiene aplicación para las medidas de carácter fiscal, mo– netario o cambiario que incidan sobre las importaciones. Si bien estas políticas no son susceptibles de generar tratamientos preferenciales, es indudable que tienen una fuerte incidencia en el grado de apertura de las economías al comercio internacionaL El ejemplo más claro de ello lo proporciona la política cambiaria: los efectos de una devaluación (revaluación) son similares a los de un aumento (rebaja) en' el nivel arancelario general, desde el punto de vista de los precios relativos de los bienes comerciables y no comerciables internacionalmente. A su vez, la política cambiaria tiene una relación estrecha, aunque más comple– ja, con la política monetaria y la política fiscal. De ahí la importancia que debe asignarse a la armonización y. evaluación de estas distintas po– líticas nacionales dentro del marco multilateral de la ALALC y la posibi– lidad de avanzar en estas tareas no obstante las diferencias que puedan existir en la apreciación de los ·beneficios de la integración.
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