Estudios sobre la reestructuración de ALALC
Raymundo Barros Chorlín /INTROOUCCIÓN tinuación, el autor señala algunos porcentajes que contraponen la esencia multilateral del Tratado con la realidad comercial. En virtud de los porcentajes que mencioría, sólo tres países del área mantendrían niveles significativos de intercambi9 con más de tres países de la región. Es el caso de Colombia, Per.ú y Venezuela. Los demás comerciarían en forma realmente significativa con' sólo dos o tres países. El análisis con– vendría retrotraerlo al panorama comercial anterior a la vigencia del Tratado de Montevideo. CoI,1 todo, es un argumento cuya realidad no puede discutirse después de veinte años de ejercicio multilateral. Pero el planteamiento del profesor Orrego es categórico al no consi– derar "ni deseable ni conveniente regresar al bilateralismo de la década de 1950". Recalca que el desafio que se les presenta a las Partes Contra– tantes consiste en facilitar la realización de un conjunto de acciones par– ciales que no alteren en definitiva "la vigencia y el rol de un esquema multilateral de ALALc". Se citan en el trabajo en comentario algunas opiniones discordantes que sobre el particular han emitido Salazar San– tos, Lluch Soler y el Embajador Schupp. Al parecer la enumeración más sistemática y completa de aquel con– junto de acciones parciales a que se refiére el autor es la realizada por Al– fredo Echegaray y que el profesor Orrego transcribe. Las diversas cate– gorías allí mencionadas se refieren a: convenios comerciales, convenios de cooperación económica, convenios financieros, asociaciones de pro– ductores y cooperación técnica. Cualquiera que sea la tipología que se pretende utilizar, mi experien– cia personal reciente al dirigir un trabajo sobre las distintas expresiones .del bilateralismo ocurridas entre los países latinoamericanos durante 1979, me permite afirmar que habiéndose suscrito alrededor de 40 con– venios, ninguna de ellos consideran ventajas s,obre las cuales podría ha– cerse aplicable la cláusula de la nación más favorecida. Normalmente se refieren a convenios de abastecimiento a mediano plazo; a la constitu– ción de zonas francas; a cuestiones de infraestructura física, que son las más numerosas y que incluyen, preferentemente, aspectos concernientes a infraestructura vial, de vías férreas y proyectos hidroeléctricos. Como ya es habitual, suelen próliferar'los entendimientos bilaterales en los sectores relativos a los transportes, turismo y salubridad. Ultima– mente la cooperación científica y técnica en materia de energía nuclear ha sido, asimismo, objeto de varios convenios de igual naturaleza. Obviamente, las posibles acciones parciales que pueden desarrollar los países no se limitan a los convenios bilaterales. Los convenios de mayor envergadura integracionista que pueden concertarse pardal– mente son los acuerdos subregionales, cuyas' cláusulas de contenido obligatorio actualmente vigentes, no hacen fácil el perfeccionamiento de otros acuerdos de esa naturaleza distintos al Pacto Andino, el cual "convergería" como una unidad económica ante cualquier entendi– miento cuatitativamente más amplio. Lo que interesa destacar en el problema de la convergencia son algu-
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