América Latina y el derecho del mar
AMÉRICA LATINA y EL DERECHO DEL MAR I F. V. Carda Amador vidades que se proponen no tienen finalidad pacífica, persiguen pro– pósitos de lucro o implican riesgos para el medio marino. La autorización podrá ser revocada en cualquier momento por in– fracción de las normas aplicables aprobadas por la Autoridad. A'RTÍCULO 18 La Autoridad tendrá en todo momento acceso a los datos obtenidos de la investigación, así como a sus resultados parciales o finales, los cuales tendrán en todo caso que ser comunicados a la Autoridad antes de su publicación o comunicación a otras instituciones o go– biernos. ARTÍCULO 19 La Autoridad podrá ejercer en todo momento el derecho de super– visar todas las etapas de cualquier programa de investigación cíen– tífica que se realice en la zona o de participar activamente en cuales– quiera de ellas cuando lo estime conveniente. CAPÍruLO 111 ESTRUCTURA - ORCANOS ARTícULO 20 Los órganos principales de la Autoridad serán la Asamblea, el Consejo, la Empresa Internacional de Fondos Marinos (EIFM) que en adelante se llamará la "Empresa", y la Secretaría. SECCIÓN 1 La Asamblea ARTÍCULO 21 La Asamblea será el órgano supremo de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos y estará integrada por todos los Estados Miembros de la Autoridad. 190
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