Propiedad industrial e intelectual y desarrollo tecnológico

Sergio Escudero 80 En abril de 1988, se otorgó la patente N°4.736.866 a la Universidad de Harvard, por el desarrollo de un mamífero "cuyas células embrionarias somáticas contienen una secuencia de oncogen activado introducido en el animal, que aumenta la posibilidad de desarrollar neoplasmas o tumores malignos", logrado mediante técnicas de ingeniería genética y que contiene un gene humano (llamado ras), que produce tumores cancerosos en no más de dos meses de vida de las ratas. Esta invención, que fue desarrollada por Philip Leder, de la Escuela de Medicina de la Universidad de Harvard y por . su investigador asociado Timothy Stewart, hoy investigador de la firma Genetech, ganó a una solicitud de patente de la Universidad de Washing– ton, que pretendía privilegiar una ostra modificada genéticamente. La Universidad otorgó licencia exclusiva de esta patente a EJ. du Pont de Nemours & Co. de Wilmington, Delaware, ya que fue el mayor patroci– nante del proyecto, el que se espera vender entre US$ 50-100 la unidad (diez veces más caro que cualquier otro ratón de laboratorio). El animal permite probar sustancias cancerígenas así como diversos tratamientos de la enfermedad. A comienzos de 1990 existían en la Oficina de Patentes de Estados Unidos, 44 solicitudes de patentes sobre animales sin ser resueltas. Los animales transgénicos, principalmente "fabricados" por la vía del DNA recombinado, son aquéllos cuyo DNA o material hereditario ha sido alterado porque se les ha agregado DNA de una fuente distinta al germo– plasma de sus parientes. Existe una tendencia que piensa que los animales transgénicos po– drían provocar graves impactos en los animales de su propia especie, ya que cruzados con seres no alterados (de su misma especie) modifican la natu– ralidad e identidad de las especies. La intervención de la mano del hombre, una vez que éste ha aprendido a manejar, mutary alterar el código genético y la forma cómo se transfiere la información en él contenida, suscita una serie de cuestiones jurídicas difíciles de resolver. Sin embargo, la Oficina Europea de Patentes de Munich, en junio de 1989rechazó la solicitud deIa Universidad de Harvard para el patentamien– to de esta "invención", por estimar que éstas quedan excluídas de protección de acuerdo a lo dispuesto en la letra b) del artículo 53 de la Convención Europea de Patentes (variedades de animales) y porque la invención se refiere a un mamífero transgénico. En esta decisión, ha quedado de mani– fiesto la disparidad de criterio que sobre este tipo de invenciones existe en Europa, donde hay grupos organizados contra el patentamiento de seres vivos y los Estados Unidos.

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