Propiedad industrial e intelectual y desarrollo tecnológico

Sergio Escudero 72 El problema ético ha llevado a países como Francia a considerar una legislación bioética, con el objeto de proteger la dignidad de las personas : frente a sus consecuencias a fin de equilibrar la hbertad de investigación y los requerimientos del progreso tecnológico, con los derechos de las per– sonas. El proyecto considera ilegalla venta de órganos humanos y prohIbe cualquier intentodemantener un embrión humano in vitro pormás de siete días. Lo cierto es que las consideraciones éticas están produciendo claros efectos no sólo en la protección a las invenciones biotecnológicas, sino que también en su realización y en la comercialización de sus resultados. lII.· La protección legal de las invenciones biotecnológicas La protección legal de las invenciones biotecnológicas en general yde los seres vivos uni o pluricelulares, en particular, en ningún caso está resuelta. Se trata de una materia regulada con diferente criterio en los países e incluso en aquéllos que han adoptado una posición positiva frente al otorgamiento de derechos exclusivos, ésta no se ha· dado en forma unánime. Dado 10 reciente del desarrollo de la biotecnología, los tradicionales tratados sobre propiedad industrial no se refieren directamente al tema. El Convenio de París no la considera expresamente y tampoco se ha inc1uído en las negociaciones actuales para su modificación. En realidad, el tratado se refiere a las formas de protección mediante diversos tipos de patentes, pero no regula lo que debe o no debe considerarse como invención suscep– tible de protección, materia que queda entregada a cada país miembro. Similar situación ocurre en el Tratado de Cooperación enMateria de Patentes, el que está destinado a resolver cuestiones de procedimiento más que aspectos sustantivos, los que deja sometidos a la jurisdicción de cada Estado. El artículo 53 (b) de la Convención sobre la Patente Europea de 1973, ' excluye específicamente de la patentabilidad las variedades de plantas o .. animales ylos pr0ce5:08 biológicos para la producción de plantas yanimales, con excepción de los procedimientos y productos microbiológicos. Esta" . decisión se basa en las dificultades que ofrecería el patentamiento de estos productos y porque la protección a las plantas está consagrada en forma especial en determinados países y no se puede extender a este tipo de creaciones.

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