Propiedad industrial e intelectual y desarrollo tecnológico

Antonio Luraschi 48 organizarse apropiadamente y disponer de los recursos humanos y equipa– miento para aportar a través de investigación, del mejor nivel, la solución de los problemas técnicos de la minería nacional. En este marco de referencia, la actividad inventiva en el futuro debería mostrar un crecimiento importante. Una de las componentes que contribuyen a lograrlo es disponer de un adecuado sistema de propiedad industrial que permita e incentive la creatividad, por lo que el tema es para esta institución de permanente interés. Este artículo tratará algunos temas que tienen que ver con el medio en que se desenvuelve el CIMM como institución científica y tecnológica dedicada a la minería ymetalurgia y su relación con el sistema de patentes, yluego señalar las ventajas ydesventajas del sistema de propiedad industrial en el país, de acuerdo a la experiencia del Centro como usuarios. 11.- Derechos del CIMM en relación con las Empresas Contratantes La patente de invención concede a su poseedor la exclusividad, por un período determinado, sobre el uso del invento y su comercialización. Posibilita con ello el usufructo económico de lo inventado. En consecuen– cia, si una invención es el resultado de un trabajo íntegramente financiado por un cliente, a él pertenece la patente y son cedidos los derechos por los . investigadores o inventores cuyo trabajo fue pagado por dicho cliente. No obstante, lo anterior sería válido cuando un cliente solicita una investiga– ción en un tema en que el Centro investigador no posee experiencia alguna, siendo tanto la adquisición de esa experiencia como la investigación misma financiadas íntegramente por quien contrató el trabajo. En la mayoría de ·los casos de invenciones efectuadas por el CIMM, la situación ha sido diferente, ya que han existido desarrollos previos que han permitido plan– tear investigaciones conducentes a perfeccionar una invención y luego patentarla. En estos casos, una parte de los derechos debe pertenecer al Centro, en proporción al esfuerzo previo efectuado para llegar a la inven– ción patentada. Este principio ha sido reconocido en contratos con las empresas mineras a partir de 1987. Anteriormente, en dichos contratos se contemplaba la propiedad completa de 10 inventado por parte de la empre– sa contratante, lo que dificultaba la labor de la institución en el desarrollo

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