Propiedad industrial e intelectual y desarrollo tecnológico
248 der a la división de la invención, por el tiempo que le falte para expirar. La resolución del Jefe del Pepartamento que ordene efectuar la división de la patente se notificará al titular mediante carta certificada, procediendo posteriormente a extender los nuevos títulos y dejar constancia de ello en el registro original Con el objeto de amparar una sola solución básica a un problema de la técnica en una misma solicitud y para evitar las patentes múltiples. es necesario que cada una de las cláusulas converjan a la o a las principalesmediante enlaces apropiados, siempre que éstas también estén ligadas. AR17CULO 45"; Las reivindicaciones defmirán la materia q~~ será objeto de la protección y deberán estar fundamentalmente sustentadas en la memoria descrip– tiva. Consistirán exclusivamente en una descripción de los medios precisos que conducen a un resultado novedoso. Estarán precedidas por un número arábico y serán tantas como sean necesarias para definir y delimitar correctamente la inven– ción. El contenido de las reivindicaciones deberá ser autosuficiente y, por consi– guiente, no podrán hacer referencia a partes de la memoria descriptiva, a menos que sea absolutamentenecesario, circunstancias que serán calificadas en el respec– tivo peritaje de la invención. Con todo, las reivindicaciones podrán hacer referencia a los dibujos que se acompañen a la solicitud.. AR17CULO 46-: El pliego de reivindicaciones se presentará en texto formando cuerpo aparte y deberá contener una primera cláusula independiente que designe el objeto de ia invención y sus características principales que podrán St\r detalladas o caracterizadas en las· siguientes reivindicaciones. . Las reivindicaciones estaránestructuradas por un número arábico, un preám– bulo,la expresión ~caracterizado" y la caracterización de que se trata. Nose aceptarán dentro de las cláusulasde las reivindicaciones, frases del tipos "según los dibujos acompañados.... "de acuerdo a lo explicado en la descripción adjunta", u otras similares, . AR17CULO 47": El preámbulo de la reivindicación defme el invento en la materia a que se refiere con indicación del problema técnico que pretende solucionar; esta parte de la cláusula debe incluir los elementos comunes que posea el invento con el estado de la técnica, por lo tanto no debe contener elementos novedosos. Al preámbulo le seguirá la caracterización de la reivindicación enlazada por la expresión "caracterizado", Este término deberá estar siempre presente en cada una de las cláusulas, teniendo por objetoseparar el preámbulode la caracterización para poder distinguirlos y deberá estar destacado en negrilla o escrito con letras mayúsculas, para facilitar su localización en la etapa de recepción. La caracterización es la parte medular de una cláusula por cuanto define los elementos, combinaciones o agrupaciones de ellos, que constituyen el aporte técnico que reúne las condiciones de aplicación industrial, novedad y nivel inven-
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