Propiedad industrial e intelectual y desarrollo tecnológico
un tercero pMa utilizar una invención sin o en contra de la voluntad de su titular. por haberse configurado una situación de ab~o monopólico, Ley: la Ley N 2 19.039 que establece las normas aplicables a los privilegios indl.!.5tria-.. les y protección de los derechos de propiedad industrial. . Memoria descriptiva: documento mediante el cual el solicitante de un privilegio industrial da a conocer en forma clara y detallada su invención, modelo de utilidad o diseño industrial Y. además, el estado del arte relacionado con dicho pri\llegio. Perito: profesional, especialista o experto cuya idoneidad, debidamente calificada por el Departamento, lo habilita para emitir informes técnicos respecto a invencio– nes, modelos de utilidad y diseños industriales. Pliego de reivindicaciones: conjunto de descripciones claras y concisas, de estruc– tura formal, que tiene por objeto individualizar los aspectos nuevos sobre los cuales se desea obtener protección. Prioridad: el mejor derecho que un peticionario pueda tener para presentar una solicitud de privilegio industrial, por haberlo requerido con anterioridad en Chile o en el extranjero. La reivindicación de la prioridad es el derecho que asegura, a quien tenga presentada una solicitud de privilegio en el extranjero, para efectuarla también en Chile, dentro del plazo que la Ley o un tratado internacional establezca. Privilegios industriales: están constituidos por las marcas comerciales, las patentes de invención, los modelos de utilidad y los diseños industriales ya concedidos por el Departamento. Regalía: remoución () pago periódico que el licenciatario debe al titular de un privilegio industrial, por la licencia de uso otorgada sobre un derecho de propiedad industrial. Reivindicación o Cláusula: es la enunciación y delimitación de 10 que en defInitiva queda protegido por una patente de invención o modelo de utilidad y cuya estruc– tura es la siguiente: Número de cláusula, Preámbulo, La expresión "caracterizado", y La caracterización. Reivindicación dependiente: es aquélla que contiene las características de otra reivindicación y que precisa los detalles o alternativas adicionales para las que la protección se solicita. Reivindicación dependiente múltiple: es aquélla que se refIere a más de una reivindicación anterior. Reivindicación independiente: es aquélla de la misma categoría (producto, proce– dimiento o aparato) que se utiliza si el objeto de la solicitud o unidad de invención no puede ser cubierto adecuadamente por una reivindicación. Solicitud: documento pre-impreso por el Departamento, en el cual consta la
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