Propiedad industrial e intelectual y desarrollo tecnológico
Mauricio Guerrero 172 Para demostrar que estas prácticas estaban siendo aplicadas desde hacía largo tiempo, baste citar un caso que fue presentado por el Comisio– nado Coe en una investigación sobre la concentración del poder económi– co. En él se hacía mención a un memorándum interno de Hartford Empire, la compañía que durante mucho tiempo dominó sin contrapeso la industria de las botellas de vidrio en el mundo y en el cual se decía "se están confeccionando solicitudes de patentes de tal manera de prevenir el uso o mejora de cualquier sustituto existente o posible" (de la máquina de hacer botellas). Esto busca obstaculizar los aparatos competidores y actualmente se tiene un número de solicitudes registradas, para impedir definitivamente el desarrollo de máquinas competidoras por otros. III.~ Las Normas de la Decisión 8S del Acuerdo de Cartagena Las presiones ejercidas sobre los Gobiernos de los países miembros fueron muchas y variadas y ello llevó al final a una necesaria transacción entre lo que "debía" hacerse y lo que "podía" hacerse. Esta transacción fue posible después que se logró apaciguar a aquéllos que ilusoriamente creían factible "quebrar la mano" de los laboratorios internacionales, dando los primeros pasos en busca de una posición subregional y luego ver la posibi– lidad de ampliar sus efectos. En todo caso, es preciso aclarar que ya la Decisión 24 contenía disposiciones aplicables a la propiedad industrial, como eran: tes: - La creación de una Oficina Subregional de Propiedad Industrial - La obligación de registrar todos los contratos de patentes celebra- dos hasta esa fecha. - Someter a examen previo todas las solicitudes de patenteyevaluar su aporte al desarrollo nacional. - Prohibición de autorizar contratos de patentes con cláusulas res– trictivas. - Facultad de la Comisión del Acuerdo para señalar procesos de producción o grupos de productos a los que ningún país miembro podría dar patente. Los principales aspectos cubiertos por la Decisión 85 son los siguien- a) Concede al titular el derecho a explotar en forma exclusiva la invención por sí mismo, a conceder licencias para su explotación y a perCIbir regalías por su explotación por terceros.
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