Propiedad industrial e intelectual y desarrollo tecnológico

157 La Solución de Controversias en la Propiedad. .. propiedad intelectual (con supuestos efectos relacionados con el comercio) sería tratada en primer lugar de conforme al procedimiento del Tratado propuesto en la OMPI, que analizaría los aspectos de propiedad intelectual de la controversia, y en caso de que se encontrara violación a la obligación internacional de la protección de la propiedad intelectual, sus efectos relacionados con el comercio podrían ser tratados, ;i la parte afectada lo deseara-de conformidad con los procedimientos de solución de controver– sias y medios de compensación del GATT. lo que podría sintetizarse en el aforismo de "a la OMPI lo que es de OMPr, y al GATT lo que es del GATT". Se establecería así una especie de doble proceso, protegiéndose las funciones esenciales de ambos órganos y garantizándose tanto la protec– ción debida a la propiedad intelectual como el libre comercio. Luego de un extenso pero fructífero debate, las conclusiones a que se llegó, en respuesta a las interrogantes planteadas por la Secretaría, fueron las siguientes, en términos generales: a) Ambito del Tratado propuesto: - "Ratione materiae": Si hubiere acuerdo de las partes sobre medios distintos que los del Tratado propuesto, no estarían obligados por éstos. En au– sencia de aquéllos, habrían normas obligatorias en el Tratado propuesto. Las controversias que surjan de Tratados administrados por OMPlo que lleguen a serlo, estarían sujetas al Tratado propuesto, el que debía especificar los tratados que quedarían bajo su égida, por un anexo que contuviera un listado. nRatione personae": Hubo acuerdo en que los procedimientos previstos en el Tratado propuesto deberían quedar abiertos a las partes en las controver– sias que satisfacieran dos condiciones: que fueren partes en el Tratado propuesto, y también en el "tratado de origen", aquél cuya interpretación diere lugar a la controversia. Otras situacio– nes, como ser Parte en el Tratado propuesto y no en el de origen, o viceversa, fueron discutidas ampliamente sin conclusiones de– finitivas. b) Respecto de los medios involucrados: Hubo acuerdo en concentrarse en los siguientes: consultas obli– gatorias, mediación facultativa y el sometimiento obligatorio de la controversia a un procedimien~o de dos fases para obtener asesora-

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