Propiedad industrial e intelectual y desarrollo tecnológico
95 Requerimientos de Protección de Modelos y •.. . . Cabe considerar que el Programa de Computador es una de las posibles formas de expresión a las que se hace referencia como "soporte lógico" y que se engloban bajo el término de "software". Hoy, un experto puede "programar" un sistema de información relativamente complejo en una semana, a partir de un modelo y especificaciones lógicas cuya estruc– turación requirió varios meses/hombre. Es necesario destacar que, en el caso mencionado, la programación es realizada por el computador por medio de otro programa. No puede escapar a nuestra atención que los conceptos y elementos fundamentales de un programa son muy fáciles de copiar por estar a lavista, en la interacción con el usuario del sistema y sus manuales de uso. En consecuencia, es necesario establecer un mecanismo que permita distinguir las etapas (productos intermedios) de un programa-producto computacional, reconociendo como fruto de ellas Obras Intelectuales Separadas, en que la siguiente se basa en la anterior y que requieren de un instrumento legal de protección. Es positivo que la Leyvigento no limite la protección a una forma de expresión de la creación intelectual, cuando en su artículo primero señala: "La presente Ley protege los derechos que, por el sólo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores de obras de la inteligencia en los dominios ... cualquiera que sea su forma de expresión..." En razón de lo anterior, cabe proteger de acuerdo al espíritu y letra de la legislación del Derecho de Autor, los resultados de las etapas inter– medias, que van desde la concepción de un programa hasta la especificación detallada que da fruto al programa. 111.- Etapas en el proceso de elaboración de un producto (Programa) En una fructífera díscusión 2 , nació la idea de presentar estas etapas u obras intermedias a un nivel conceptual, y posteriormente discutir cuáles de ellas eran "protegibles" en términos generales, más aIla de las actuales contingencias técnicas. De esta forma se evita establecer una secuencia de etapas o productos intennedios referidos a los usos y costumbres actuales o previstos en el ambiente ¡nfonnático, tomando en consideración el hecho de que una ley debe regular el comportamiento de las personas por peño- 2EJ autor desea reconocer aquí las ideas discutidas con don Diego Vald~.
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