El mar en seís dimensiones: científica, técnica, política, jurídica, histórica, estratégica

UNA NUEVA DISTRIBUCIÓN DEL MUNDO MARíTIMO límite del espacio exterior todavía no ha podido definirse, porque na– die quiere limitar su soberanía. Estados Unidos y la Unión Soviética han lle– gado a una serie de acuerdos sobre el espacio exterior; en las Naciones Uni– das se ha llegado a otros acuerdos, pero no se sabe dónde comienza el espa– cio exterior, ni dónde termina la atmósfera, no hay un límite en el espacio. Tampoco lo hay y no lo ha habido hasta ahora en los espacios marítimos. No había un acuerdo sobre el mar territorial, ni lo había sobre la plata– forma continental. Todavía no nacía internacionalmente la figura jurí– dica nueva de la zona económica o mar patrimonial. LOS PROBLEMAS DE FONDO (i) Los fondos marinos y su explotación El problema nuevo, que dio origen a la Conferencia, es el régimen de los fondos marinos. Existen grandes recursos en el fondo del mar y se trata– ba de definir quién y cómo podría explotarlos. Los países en desarrollo habían obtenido que los fondos marinos más allá de la jurisdicción nacional deberían ser el patrimonio común de la humanidad, es decir, deberían ser algo distinto de lo que eran las aguas, pues se decía que las aguas eran propiedad común, lo que realmente no sucedía; eran res nullius, las aguas, los peces estaban abienos al pri– mer ocupante que llegara. Aquí se trataba de que realmente hubiera ele– mentos de una propiedad común. Esta fue la primera batalla librada por los latinoamericanos y en torno a esta fórmula común se generó una alian– za con los afro-asiáticos, formándose un frente sólido de países en desarrollo. El que los fondos marinos sean un patrimonio común, al margen de in– terpretaciones jurídicas, significa en el lenguaje práctico que todos los estados administrarían los fondos marinos y que los beneficios serían distribuidos entre todos ellos, con preferencia para los países en desarrollo. Esto supone que haya un régimen internacional convenido por un trata– do y que haya una conciencia internacional que sea la que le dé vigor al tratado. El planteamiento de los países desarrollados, de los países en condi– ciones de explotar, era el contrario. Al principio se opusieron al patrimo– nio común, después lo aceptaron o se vieron en la obligación de aceptar– lo, pero siempre sosteniendo una noción con otro contenido real, otro contenido jurídico, diferente del que sostenían los países en desarro– llo. Para las grandes potencias marítimas el ideal era un sistema de licen– cias de explotación, para darles la seguridad y la permanencia que quieren los inversionistas para explotar los fondos marinos. El primer y gran problema en el régimen de los fondos marinos es quién podrá explotarlos, y cómo, bajo qué reglas. Hay por cierto muchos otros, panicularmente el de cómo se compatibiliza este régimen con 77

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