Problemas contemporáneos de la actividad aeronáutica y del espacio

E,w'ique Evans ¡ LAS FUNCIONES QUE CUMPLE EL TRA,'I1WO¡UE AÍ:REO••• tro pais, el efecto obligatorio general de toua norma jurídica, al faltar en ellas la inclusión expresl< en nuestro mdenamiento. Tal es el caso de la Declaración Universal de 108 !Derechos Huma– nos o Pacto de San José de Costa Rica de noviembre de 1969. Por otra parte, encontramos normas vigentes y de entera aplica– ción en el Derecho interno, como el Acta ConstitucionallN9 3, artícu– los 1 9 , números 2 y 6, los art!ÍCulos 57 y 129 del Código Civil y de Comercio respectivamente, y los artículos 19 y 2Q del Código de Bustamante, sobre Derecho Internacional Privado. NO' obstante lo anterior, creemos ,que el intento de estructurar los fundamentos jurídicos del TurismO', con base en las normas a que se Iha hecho referencia, consel'Va plena validez. ¡Todo lo que se ha expresado a lo largo de estas líneas, debe com– plementarse con una idea final: Cada acto que realiza el turista, tiene importancia para el Deredho, sea tratándose de relaciQnes de tipo vertical, es decir, obligaciones impuestas por vía de autoridad (Ej.: obligaciones migratorias, aduaneras, sanitarias, cambiarías), como de aquellas que el !Viajero contrae voluntariamente en la cele– bración de un contrato de transporte de hospedaje, de alimentación; diversiones y similares. Como contrapartida a este andamiaje institucional, el Estado ,re– ceptor de grandes flujos de turistas se ve en la necesidad de respon– der a las diversas exigencias qllle se le plantean con motivo de este ingreso. ¡La necesidad pública es la causante d~ la creación de los entes públicos, cuya acción se orienta a la satisfacción de las demandas colectivas. Nace con ello, el concepto de Servido Público, como ór– gano dotado de recursos humanos, financieros, patrimoniales y atri– buciones legales para hacer frente a estas necesidades sociales en los distintos órdenes de actividades. . El aumento progresivo del Turismo /ha originado la creación de organismos oficiales de Turismo en el ámbito nacional e internacio– nal, siendo hoy dí.a lUna realidad la existencia, en casi todos los países del mundo, de organismos especializados en la materia. I La naturaleza jurídica de los mismos es variada. Existen con ran– g.Q, de ¡Ministerio, como en España y México; organizados Ibajo la for– ma de empresas del Estado como en Brasil, en forma de Conporacio– nes de Derecho Público, como en Colombia, Venezuela, Chile. Se deduce entonces que los Estados han definido su rol respecto de la actividad turística desde el momento que han apreciado, a partir de lQS efectos económicos, sociales y culturales a que some-

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