Problemas contemporáneos de la actividad aeronáutica y del espacio

Enrique Pdeto R. I LA REVISIÓN Y ACTUALIZACiÓN DE I.A... . en el aspectO' O'peraciO'nal, le confiere su ley O'rgánica. En efectO', en el ejerciciO' de sus facultades citadas ha puestO' en vigencia regula'– ciO'nes especiales, en 1O's denO'minadO's DARla, sobre materias comO': investigación de incidentes de a·viación; O'peración de avi'ones de transpO'rte públicO'; trabajO's aéreO's; limitaciO'nes de hO'ras de vuelo de las tripulaciones aéreas; aviación general; administración y O'peración de lO's serVICIO'S de tránsitO' aéreO', y O'rganización de lO's serviciO's de telecomunicaciO'nes aerO'náuticas. En el año 1932 se pusO' en vigencia el ReglamentO' de Navegación Aérea, que vinO' a desarrO'llar las dispO'siciO'nes de la Ley de Navega– ción Aérea. Este reglamento está casi totalmente derogadO', especial~ mente pO'r aplicación del sistema de la derogación tácita u O'rgánica, y hoy se ¡:lace sumamente difícil determinar, de entre su frO'ndO'sO' articuladO', cuáles disposi.ciones permanecen aún en vigO'r. Además, este reglament·o se ha convertidO' en una pieza de museO' !plues nO' resulta muy fácil encO'ntrar un textO' de este cuerpO' legal. Además de las leyes y reglamentO's citadO's existen mu<fu,as otras dis– pO'siciO'nes dispersas, de menO'r impO'rtancia y trascendencia perO' nO' pO'r ellO' menos interesantes de analizar, que terminan de configurar un panO'rama legal aeronáutico cO'n las características de PO'breza y falta de actualidad ya señaladas. : IEI derechO' aerO'náuticO' en Ohile, a diferencia de O'trO's paises, in~ I dusO' latinO'americanO's, nO' cuenta cO'n la cantidad de aultO'res oon que cuentan O'tr,as disciplinas jurídicas. NO' O'bstante, y pO'r fO'rtuna, siempre ha existidO' un grupo pequeñO' que nO' ha escatimado es– fuerzO's ¡por actualizar y met>Odizar sus dispO'siciones. Así, pO'r ejemplO', y cO'n respecto a la ley básica, se han realizadO' varias tentativas y trabajos seriO's para lograr la aprO'bación de un Código AieronáuticO'. En efecDo: a) en 1938, el IPmfesor don 'EduardO' Hlimilton, a la époc3' AsesO'r Legal de la Dirección de Aeronáutica, elaboró un prO'yectO' de Código AeronáuticO', el cual, previas revisiO'nes efectuadas pO'r la Fuerza Aérea de Chile, llegó a la Cámara de Diputados tres añO's después para, posteriO'rmente, ser retiradO' por el Ejecu'– tivo; I l.8¡)AR, sigla que significa "Reglamen.to de la Dirección de Aeronáutica",

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=