Problemas contemporáneos de la actividad aeronáutica y del espacio

Enrique Prieto R. I LA REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA .•• Me atrevo a afirmar que, en términos generales, es posible apre– ciar a través del tiempo transcurrido una cierta indecisión, una cier~ ta vacilación legal en cuanto al rol que deben jugar las autorida– des aeronáuticas chilenas. A la fecha, estas autoridades aeronáruticas son dos: a) la !Dirección General de Aeronáutica Civil, dependiente de la FuerlJa Aérea· de Ohile, y b) la Junta de !Aeronáutica Civil, dependiente del Ministerio de Transportes. Me parece indiscutible que esta falta de decisión, que estas vaci~ laciones observadas en la definición de las aut-oridades aeronáuticas han contri,buido, en buena medida, a retrasar el desa:rrollo de la legislación nacional aeronáutica y, consecuencialmente, a entrabar el proceso de desarrollo de la aviación civil. Para quien le haya co– rrespondido actuar en el medio <l!eronáutico chileIlJo de estas últi– mas dos décadas no es misterio la absoluta falta de política aerOh náutica que hubiere fijado las reglas del juego. lLa primera de las autoridades mencionadas, vale decir, la Di– rección General de Aeronáutica Civil, a través de su historia, se ha ido extendiendo más y más y ha ido abarcando y cubriendo mayores campos de actividad. Por otrá parte, y paralelamente, es 'Posihle observar que tanto su naturaleza jurídica como su depen– dencia han cambiado en v·arias oportunidades para llegar hoy a .te– ner el mismo status que hace 16 años, después de ha'ber pasado, en el período intermedio, por una situación jurídica muy similar a la que tuvo haoe 20 años. La Dirección General B en cuanto a sus funciones y competencia con&tÍtuye hoy un organismo tverdade¿ramente impresionante. En efecto: a) es autoridad <l!eronáutica, en cuanto le corresp-onda dirigir l,a aviación nacional en el plano técnico, con facultades normat~ vas en lo referente a la operación de aeronaves; b) es ~rgano contralor, en cuanto controla la circulación aérea y la correspondient,e infraestructura, lo que la obliga a proyectarse ,a lo largo de todo el territorio nacional; , c) desempeña funciones empresariales en cuanto administra los • Leyes Núm. 16.752, de 17 febo 1968; 17.351, de 30 'Sept. 1970 y 17.931. de 8 mayo 1973. 39

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