Problemas contemporáneos de la actividad aeronáutica y del espacio
Germdn Urzúa F. / REVISIÓN y ACTUALIZACIÓN DE LA ... des de los tráficos embarcados y desembarcados entre el territorio nacional y el del otro país. La legislaciPn boliviana se coloca en el caso de que su transpor– tador nacional no esté en condiciones de efectuar tráficos de Sil. y 4 a , en ,cuyo caSl() se aplicarán formas de compensación para la 5a. li– bertad autorizada. En cuanto al coeficiente exigido para autorizar aumento de ca– ~ pacidad la legislación boliviana la fija en un 60% de la capacidad autorizada. El tráfico de Sil. libertad sólo es autorizado ¡bajo el concepto de reciprocidad real y efecdva 0, en su caso, conforme a un sistema de justa compensación por los derechos no ejercidos, y !hasta que el transportador nadonal se encuentre en oondiciones de ejercer, por .su parte, aquella reciprocidad. Por 'Último, al igual como la ley argentina, la liey de política aérea de Bolivia dispone que los tráficos regiona~es (limítrofes) deben ser atendidos primordialmente por el transportador boliviano y el país limítrofe, debiéndose en este caso establecer también un régi– men de ,protección especiaK Por su parte, la legislación uruguaya establece como principio bá– sico que las relaciones internacionales aeronáuticas de la Re;p'Ública, en materia comercial, se fundamentan en el principio de la recipro– cidad efectiva. Y entiende por reciprocidad real y efectiva la obten– ción de ventajas y beneficios concretos y prácticos equivalentes a los derechos, ventajas y beneficios que el país otorga a otros países, sea en el tráfico limítrofe, regional o internacional de pasajeros, corres– pondencia y carga. Gomo puede apreciarse, también esta l'ey establece lUna inSltitución similar .a la ¡boliviana, admitiendo legalmente la posibilidad de co– brar compensaciones por los tráficos de 5 a lilbertad del aire. Es interesante señalar también que en la ley urugua:ya se prevé como norma fundamental propiciar acuerdos regionaleSl en materia aeroespacial que tiendan a lograr la integración social y económi– ca de los estados latinoamericanos, así como a la efectiva compIe– mentación de sus servicios p'Úblicos. Esta idea, tantasl veces debatida entre los países latinoamericanos, donde hay muchas fuerzas y rel,aciones de poder encontradas,no obs– tante sus permanentes declaraciones de cooperación, es, en nuestra opinión, el n'Úcleo de un sistema que permitiría en gran medida su· perar los defectos del bilateralismo. No creemos, en consecuencia, que puede éste ser remplazado de- 33
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