Problemas contemporáneos de la actividad aeronáutica y del espacio

l'ROBLH1AS CONTEMPORÁNEOS DE LA ACTI\'IDAD AERONÁUTICA y DEL ESPACIO Las medidas adoptadas y las restricciones que deben imponerse en defensa del transportador nacional, tal como por otra parte se hace por otros medios en los países europeos y americanos, no pue– den ser calif:cadas como irregubres o como arbitrarias. Correspon– den, por el contrario, a una interpretación dinámica y realista de los textos bermudianos que por la misma generalidad preconcebida con que fueron redactados por las potencias triunfantes en la segunda guerra mundial, admiten también las restricciones de los gobiernos más débiles. Estas restricciones, por o.tra parte, son la consecuencia fatal del det~rioro constante de las relaciones aeronáuticas aeroco– merciales, inspiradas a su vez en el bilateralismo; en gran medida son también el producto del constante esfuerzo de las grandes em– presas transportadoras por penetrar en los demás mercados y ani– quilar así a los transportadores medianos y pequeños. ;La historia de la aeronáutica comercial es historia política, como lo es la misma aviación y todo lo que a ella está adscrito. Es curioso y significativo que la libertad de los cielos sea invoca– da, y más que nada utililada, por empresas de alto desarrollo aero– náutico, y no por las pequeñas, que sólo tienen, como hemos di– cho, las restricciones como única arma de defensa frente a la gene– rosa acogida de ayer que ha producido como efectO' !Visible de hoy la sobresat'uración del mercado aéreo y el permanente deterioro de las empresas sudamericanas en general. Pero, a diferencia de lo que se pretende discutir hoy, las restric– ciones impuestas por' determinados gobiernos constituyen, además de su fundamento práctico, medidas perfectamente legítimas de los go– biernos. :Nb se nos ,escapa que ellas constituyen factores disuasivos y muchas veces contrarios a un desarrollo sano de la aeronavegación comercial en el mundo, pero son ante todo reacciones destinadas a restablecer un equilibrio mínimo, que debe existir en este aspecto entre los países. Los convenios bilaterales bermudianos admiten, por otfa parte, es· tas restricciones, y en gran medida sobreviven justamente porque las admiten. ,La flexibilidad del acuerdo Bermudas !ha llevado hasta el establecimiento de prácticas notablemente rígidas y anticompetitivas. Así, no es de extrañarse que cualquier convenio bilateral bermu– diano, hoy en día sea alp1icado por más de alguna autoridad aero– náutica con un criterio mucho menos li:beral que al momentO' de ser suscrito, e inclusive aplique un criterio abiertamente restrictivo en lo que dice relación con la oferta de capacidad de la empresa de la otra parte contratante.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=